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  • Mujer Casada validez de la FIRMA

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 #483601  por AlejandroV
 
Hola, a todo el foro, les traigo una inquietud respecto a un cliente que me trajo un contrato. La cuestion es que ella aclara su firma directamente con el apellido del marido sin La preposición "de" Es decir primero hace una firma ilegible (garabato) y luego aclara esa firma ilegible poniendo el apellido de casada SIN LA PREPOSICIÓN "DE"
Puede defenderse aduciendo que la mera inexistencia del prefijo "de" invalida su firma ??
el contrato es privado, es decir sin participación de un notario.
 #483633  por viko
 
mira, si reconoce que la firma es suya, no creo que pueda prevalerse de que la escribio mal.
por varias razonez: nadie puede alegar su propia torpeza; la firma es la forma en que una persona suscribe habitualmente; negar la validez de la firma que uno mismo acepta que puso es mala fe contractual; si exterioriza la voluntad de firmar, es valida aunque sea feita...etc. etc..
por eso: si no la desconoce como suya, no creo que haya nada que hacer
saludos
 #483644  por sole10
 
AlejandroV escribió:Hola, a todo el foro, les traigo una inquietud respecto a un cliente que me trajo un contrato. La cuestion es que ella aclara su firma directamente con el apellido del marido sin La preposición "de" Es decir primero hace una firma ilegible (garabato) y luego aclara esa firma ilegible poniendo el apellido de casada SIN LA PREPOSICIÓN "DE"
Puede defenderse aduciendo que la mera inexistencia del prefijo "de" invalida su firma ??
el contrato es privado, es decir sin participación de un notario.
No
 #483649  por Romina34
 
De acuerdo con las colegas, además con una pericia claigráfica sale que su firma es suya, por lo que la falta de la preposión "de" no surtiría efecto para invalidar tal firma.
 #483743  por AlejandroV
 
Estimada romina34, agradezco tu comentario y es cierto sobre la posibilidad de determinar la parternidad escritural de la firma mediante pericial. La cuestión que el código civil hasta hace unos años decia claramente que la mujer podia firmar agregando el prefijo "de"... ahora bien...no se si hubo alguna modificacion referente a esto. El tema que seguro niega la firma, y me queda la duda del famoso prefijo tan discutido...
 #483752  por AlejandroV
 
Es decir, no se si fuí claro, voy a dar un ejemplo:
El contrato es celebrado entre el Sr. JUAN PEREZ y CARLA GOMEZ (casada con ANDRES RODRIGUEZ)

Se suscribe el contrato y la señora en vez de firmar con su nombre "CARLA GOMEZ", solo hace una firma ilegilbe (garabato) y debajo solo pone el apellido de su marido "RODRIGUEZ" sin el prefijo "DE".

En estas condiciones; ¿Puedo exigirle el cumplimiento contractual a la Sra.?

Si me ayudan con esto cuando brinde el 24 voy a agradecerles con la copa en alto ! *cafe*
 #483756  por Romina34
 
Mas alla de la aclaración de la firma, la misma es de ella, o sea que firmar firmó... en tu lugar no mencionaría y atribuiría la firma a ella, y pediría para el caso que la desconozca una pericial caligráfica.
 #483761  por DAL
 
Tal cual, la firma es el garabato, la aclaración es un agregado. Tal como uno pone ABOGADO, o podría poner otra cosa, que siendo falsa no invalida la firma, (salvo en lo atinente a que sea exigida la calidad de abogado por ejemplo pero este es otro tema).
Su firma es su firma y si la puso podrá ser peritada, para lo cual la inscripción de su puño y letra aclarando la firma será util tambien.
Si el perito determina que la firma le pertenece, no tendrás problemas.
 #484063  por MAPA
 
Llegué tarde pero estoy en un todo de acuerdo con las exposiciones de los colegas respecto de la validez de la firma y la consecuente exigibilidad de las obligaciones a que se hubo comprometido la Sra.en cuestión. Exitos.-
Mapa Rosario
 #484105  por HectorCarbone
 
También coincido con los colegas que me preceden en el orden de mensajes,creo que ella omita la preposición"de",no invalida para nada el acto,es irrelevante;además de la pericia caligráfica,supongo que existen otros medios de probanza,como la actividad cumplida a través del contrato,testigos que pudieren conocer del negocio social,la buena fe que legalmente priman en los contratos,(art.1198 CC)etc.etc.-Héctor
 #484198  por documentologia
 
estimado pericialmente se demuetra quien participo en la rubricacion del contrato, no importan con que aclaro si se puede demostrar que ella participo en la escritura, pedi la pericial y listo