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 #482918  por danielleon
 
hola foristas...el tema es asi: resulta que se presenta una persona en donde quiere iniciar la sucesión de un único bien que posee el causante.- este bien es una avioneta, por lo tanto es un bien registrable. el titular de la avioneta estaba casado, y fallece.- Con posterioridad, fallece su esposa. El hijo de esta señora, es quien tiene interés en la sucecion...aclaro que no es hijo del causante, pero si de la mujer (tambien ya fallecida).-
La cuestión es que viene al estudio, en donde nos explica que ya presentó el escrito de inicio de la sucesión tanto de su padrastro a su madre y de su madre con respecto a él, todo en un mismo escrito...pero el juez, le contesta en un primer despacho, que se acredite, el caracter que inviste, para solicitar la sucesión, en este caso del padrastro...ya que el juez observa, que es solamente hijo de la mujer...espero haber sido claro.- La cuestión es: como se prosigue con ésto? para que en definitiva, el bien, quede en cabeza de èste heredero... cualquier sugerencia sera muy bien recibida..desde ya muchas gracias
 #483007  por sole10
 
La avioneta ¿Era un bien propio o ganancial?
 #483100  por MAPA
 
Claro Danielleón...el hijastro no tiene legitimación activa para solicitar la sucesión del padrastro. Pero....no la tiene hasta que él sea declarado heredero unico y universal de la madre....con lo cual debería el hijastro iniciar el sucesorio de su madre hasta la ddhh...para acreditar que él -por derecho de representación- es heredero de su madre y así poder invocar tal carácter en la sucesión del padrastro...Y tal vez podría denunciar en el sucesorio de la madre el 50% de la avioneta....que sería de su madre como bien ganancial que es y después ir por el otro 50%. Me parece...escuchemos otras opiniones...es una humildísima opinión...
Mapa Rosario
 #483104  por miriammoralesbrau
 
el hijastro tiene que pedir en la sucesion una informacion sumaria donde puede probar que la avioneta le corresponde porque esra del padrastro.
eso lo tenes que pedir con testigos y con fotos de la avioneta y del padrastro sino lo van a llevar preso por falsa denuncia en una sucesion.
 #483214  por MAPA
 
No entiendo Miriam...vos decís que podría acreditar el vínculo padrastro-hijastro c la sumaria? y la falsa denunicia...no es la figura penal de la falsa denuncia de un delito?. Estoy confundida. Disipa mis dudas please..jaja...!!!
Mapa Rosario
 #483219  por Romina34
 
MAPA, no le lleves el apunte a miriammoralesbrau, está contestando idioteces y postenado preguntas ridiculas, tomándonos el pelo a todos, si te fijas se registro hoy! obvia sus respuesta y manejate con el resto de los colegas que te respondan.
Saludos,
 #483226  por cfg
 
Yo haría que se lo nombrara Administrador de la sucesión de su madre y al ser nombrado en nombre de la sucesión me presentaría en la sucesión del padrastro. igualmente al ser hijo de la madre quien sobrevivió al padrastro me parece que con eso surge in limine su interés legítimo en la sucesión, pediría hablar con el Secretario, por ahí se les pasó, ...
Sobre Miriam es un soplo de aire fresco, no encontré un humor tan genial en muchos, muchos años.
 #483229  por cfg
 
creo que el 3410 del CC es suficiente título para tener interés en la sucesión de quien tenía posibilidades de suceder la madre, no creo que se necesite declaratoria de herederos de la sucesión de la madre
 #483244  por MAPA
 
Romina34 escribió:MAPA, no le lleves el apunte a miriammoralesbrau, está contestando idioteces y postenado preguntas ridiculas, tomándonos el pelo a todos, si te fijas se registro hoy! obvia sus respuesta y manejate con el resto de los colegas que te respondan.
Saludos,
Perfecto Romina...entiendo. Gracias por la advertencia. Acabo justamente de responderle en otro post. Que horror. Que verguenza ajena. Cuál es el fin? Son preguntas retóricas..supongo..jaj..Gracias de nuevo Doc.!!!!
Mapa Rosario
 #483261  por martinhm77
 
danielleon escribió:hola foristas...el tema es asi: resulta que se presenta una persona en donde quiere iniciar la sucesión de un único bien que posee el causante.- este bien es una avioneta, por lo tanto es un bien registrable. el titular de la avioneta estaba casado, y fallece.- Con posterioridad, fallece su esposa. El hijo de esta señora, es quien tiene interés en la sucecion...aclaro que no es hijo del causante, pero si de la mujer (tambien ya fallecida).-
La cuestión es que viene al estudio, en donde nos explica que ya presentó el escrito de inicio de la sucesión tanto de su padrastro a su madre y de su madre con respecto a él, todo en un mismo escrito...pero el juez, le contesta en un primer despacho, que se acredite, el caracter que inviste, para solicitar la sucesión, en este caso del padrastro...ya que el juez observa, que es solamente hijo de la mujer...espero haber sido claro.- La cuestión es: como se prosigue con ésto? para que en definitiva, el bien, quede en cabeza de èste heredero... cualquier sugerencia sera muy bien recibida..desde ya muchas gracias
Hola a todos... ya se hizo hace un tiempo una consulta similar....
Aclaro que nunca me tocó un caso así aún... pero dejenme opinar que para mí este no sería un caso de derecho de representación... y consecuentemente se puede complicar el 50% que estaba inscripto a nombre del padrastro.... por ello el Juez dice que se acredite algún vínculo con este.-
Con el 50% de la madre no hay problemas.... pero respecto al 50% restante, en la otra consulta que les decía se planteaba el caso si no era herencia vacante...
No recuerdo que se haya dado una respuesta clara y constundente sobre este tema en el otro hilo, si lo encuentro lo pego.-
Saludos
 #483269  por cfg
 
¿cómo va a ser herencia vacante si el padrastro al fallecer dejó una viuda? luego ésta falleció y dejó su hijo...
 #483271  por cfg
 
vuelvo a repetir juega el 3410 la viuda entró en posesión de la herencia desde el día del fallecimiento del padrastro
 #483281  por martinhm77
 
cfg escribió:¿cómo va a ser herencia vacante si el padrastro al fallecer dejó una viuda? luego ésta falleció y dejó su hijo...
Vuelvo a repetir que lo de la herencia vacante es lo que se planteó en otro hilo....
cfg escribió:vuelvo a repetir juega el 3410 la viuda entró en posesión de la herencia desde el día del fallecimiento del padrastro
El art 3410 por lo que se no se aplica demasiado.... ya lo he consultado y muchos colegas me han dicho que igual se pide la DH...
Saludos
 #483296  por cfg
 
No sabía que un art. del CC cae en desuso yo he visto bastante jurisprudencia que lo aplica y nunca vi jurisprudencia que lo considere en desuso, lo que pasa es que en los juzgados resuelve gente que ni siquiera es abogado y si el abogado no se pone firme y no pide hablar con el Secretario o Juez y acepta las porvidencias sin decir nada ... qué se le va a hacer es problema del abogado.
Pero acá no es un problema del 3410 (no sé cómo sería el tema en el otro hilo) acá es claro: la viuda hereda al padrastro y LUEGO muere, más allá del 3410 todo heredero lo hace al momento de fallecer el causante, más allá de cuánto tiempo más lo sobreviva.
El derecho de representación es otro: cuando quien debería ser heredero ya había fallecido y si el caso hubiera sido al revés: la mujer hubiera fallecidso primero el hijo no tendría derecho de representación (art. 3549)