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  • Sucesiones y tracto abreviado

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 #482031  por moni28
 
Hola, quería consultar sobre temas de sucesión, tengo 2 sucesiones en capital con declaratoria de herederos, con los mismos herederos (1º fallece el padre y despues la madre), quieren presentar dos bienes uno en capital y otro en prov. de Bs. As..Las preguntas son: 1) ¿Se pueden juntar las dos sucesiones en un mismo juzgado?2) para hacer el tracto abreviado ¿necesito siempre tener el nombre del escribano? y ¿a quien se va a vender? . Gracias.
 #482083  por mafeci11
 
En provincia si se puede. Pedis la acumulacion.
Tenes que denunciar el escribano intervieniente. El comprador no lo pongo nunca...
Por las dudas alguien que te confirme si en capital se puede... pero creeria que si...
 #482230  por moni28
 
En provincia ¿donde pedís la acumulación en cualquiera de los expedientes o en el más antiguo?
 #482231  por sole10
 
moni28 escribió:En provincia ¿donde pedís la acumulación en cualquiera de los expedientes o en el más antiguo?
En el primero que se inició (mas antiguo).
 #482351  por moni28
 
Encontré un escrito en el que se pide "la acumulación es procedente en virtud de las siguientes consideraciones ".......¿cuales serían?. Por ejemplo¿ el de inscribir los bienes , el de economía procesal?. ¿el art. 188 y ccdtes del CPCC tiene que ver con este tema?. Gracias.
 #482628  por HectorCarbone
 
Sí el art.-188 CPCCN es la norma específica para acumular las actuaciones unificando expediente,el objeto y los sujetos son los mismo,,están en la misma instancia,etc,etc.,así que adelante. Héctor