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 #482645  por pampa2008
 
foristas, necesito de su ayuda.
Estoy realizando una ejecucion de alquileres, y tengo dudas respecto a la liquidacion de los intereses.
El tema es el siguiente. En el contrato de locación dice:
"la falta de pago en los preíodos convenidos impotará para el locatario una multa como pena de incumplimiento equivalente a 20 pesos por cada dia de retraso y su pago integrara el alquiler debido. Esta multa pactada como pena nunca podrá ser inferior a una vez y media la tasa de descuento de documentos a treinta dias de plazo del banc nacion argentina."

Que significa? debo tomar los 20 pesos o la tasa activa o pasiva del banco para calcular los intereses?

Gracias por su ayuda
 #482655  por pampa2008
 
no, no se dicto sent. Estoy preparando la demanda ejecutiva de alquileres y como es mi primera demanda ejecutiva pensé que hay que calcular lo intereses, para asi quede determinado el monto.
No es asi?
 #482676  por sole10
 
Los intereses se liquidan cuando hay sentencia firme,no antes.
 #483630  por pampa2008
 
gracias, entonces solo detallo la deuda de alquileres y no los intereses. La tasa de justicia tengo que abonarla para presentarla junto con el escrito de inicio de demanda o puedo pagarla despues?