Estimados foristas, quisiera que alguien me cuente su experiencia o me dé una idea. Tengo una jubilación en Udai Convenios Internacionales, iniciada en julio de 2008, cuando estaba a resolver me ponen Cod. 18 (a la espera de nuevo marco legal). Presenté una nota hace un mes pidiendo resuelvan atto. no hay impedimento, la ley aplicable es aquella vigente al momento de la solicitud, y cualquier cuestión administrativa no debe devenir en un impedimento para resolver y otorgar el beneficio, de carácter alimentario.
Me convendría pedir se remita a la Carss, si es así, hay un plazo que debo contar, y agradecería algún modelo, ya que nunca tuve que pedirlo.
Mil gracias desde ya a quien me pueda dar auxilio.
Me convendría pedir se remita a la Carss, si es así, hay un plazo que debo contar, y agradecería algún modelo, ya que nunca tuve que pedirlo.
Mil gracias desde ya a quien me pueda dar auxilio.
