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  • cja de Jubil de Santa Fe. benef otorgado, no cobra aun!

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #478722  por Aimael
 
estimados, tengo el caso de un Sr. que trabajaba para una comuna y que ya fue notificado de que obtuvo la jubilacion hace 4 meses pero aun no cobra porq la comuna le hizo mal el cese, la cuestion es que la comuna le venia pagando pero ya este mes la comua se nego a pagarle arguyendo que no le corresponde, a pesar de que el art. 20 de la ley 12.454/2005 de la provincia de Santa Fe establece: Cuando el afiliado reuniere los requisitos para obtener el beneficio de la jubilación ordinaria con el máximo porcentaje previsto en esta ley, el empleador podrá intimarlo a que inicie los trámites jubilatorios, extendiéndoles los certificados de servicios y demás documentación necesaria a estos fines. A partir de ese momento, el empleador deberá mantener la relación de empleo hasta que la Caja de Jubilaciones y Pensiones le otorgue el beneficio, por un plazo máximo de un año.
Concedido el beneficio, o vencido dicho plazo, la relación de empleo quedará extinguida sin obligación para el empleador del pago de indemnización alguna. Quedan exceptuados de esta disposición los funcionarios electos por mandato popular, los que requieran acuerdo legislativo para su designación y aquellos mencionados en el artículo 88 de la Constitución Provincial.

La comuna nunca lo intimo a que inicie los tramites jubilatorios.

la CAja me dice que la comuna ya envio por fax la resolucion nueva, (hizo tres ceses distintos, el ultimo que mandaron el viernes es a fecha 30/10 de este año), tambien me comentaron que este Sr. ya hubiera cobrado de no ser porq la comuna hizo mal la ordenanza de cese y ademas porq ahora hay que esperar la foja de Servicios ampliada.

es mi primer jubilacion en la CAja de Jubilaciones de Santa Fe, agradeceria que me puedan ayudar porq el Sr. que mucho no entiende quiere llamar a los medios, encadenarse en la plaza local, etc! mil gracias!
 #479783  por zingara15
 
Estimado Aimael: Yo hice un par de jubilaciones de personas que trabajaban en comuna de la provincia de Santa Fe. Una vez que la Caja otorga el beneficio me hicieron presentar en la comuna la renuncia del empleado con fecha de anterioridad de 6 meses ej. jubilaciona acordada el 1/12/2009 presentar renuncia al 30/06/2010, la muni hace la ordenanza y te manda certificacion ampliaca todo va nuevamente a la Caja jubilaciones. Llegado el 30/06/2010deja de trabajar y cobra su haber y en 08/2010 cobraria la jubilacion.
Esa es mi experiencia en mi caso, cualquier duda estoy a tu disposición. Saludos.
Patri
 #479900  por Aimael
 
mil gracias, claro aca cdo salio la jubi q fue en agosto, me pidieron desde la caja cese y certif (en la caja me dijeron con 4 meses para adelante o sea cese a 12/2009) y eso fue lo que hicieron, en consecuencia este mes el sr deberia estar cobrando como me dijo la caja pero no cobra porq la comuna hizo mal la ordenanza (la primera estaba mal y a la segunda le ponen el mismo numero en lugar de tener otro numero y dejar sin efecto la anterior) yo no me percate de eso y ahora desde la caja me dicen q deberan acompañar nuevamente certif ampliada con un nuevo cese porq finalmente le pusieron cese en sep y le siguieron pagando con recibo de sueldo hasta nov, la cuestion es q todo se demora este sr. esta enfermo con licencia y la comuna se niega a pagarle y en la caja el expte q estaba en asuntos juridicos volvio para atras a COMPUTO Y MONTO!