Sin perjuicio de que deberías precisar en qué aspecto, como ya te lo pidieron, te podría decir que en principio de diría que sí, que ANSES la aplica. Esto quiere decir que se aplica en cuanto a la limitación de la movilidad por salario, y en cuanto a la escala de deducción del art. 9.
Ahora bien, hay fallos que se han apartado de ello, y uno reciente de la Corte, en cuanto a la escala de deducción (creo que es el fallo Aban)