Drale7c escribió:AbogadaLS escribió:YO PRESENTARIA UN ESCRITO SOLICITANDO QUE SE AUTORICE AL ESCRIBANO XXXXX, CON DOMICILIO EN CALLE......, A RETIRAR EL EXPTE EN PRESTAMO POR EL TIEMPO QUE S.S. ESTIME CORRESPONDER A LOS FINES DE REALIZAR TRACTO ABREVIADO POR EL INMUEBLE.....
DE ESTA FORMA SE REAPONSABILIZA EL ESCRIBANO, PORQUE SI LO RETIRAS VOS Y EL EXPTE. SE EXTRAVIA, VOS SERAS LA RESPONSABLE.
ESPERO TE SIRVA EL COMENTARIO
SALUDOS
Yo tambien, haria una sustitución de facultades y pediria se aoturice aal Esc. a retirar el expte. Explica bien el motivo y fin.-
Hola, el expediente acostumbro a retirarlo yo... se lo paso al escribano un par de días, saca fotocoppia de todo lo que necesita p incorporar al protocolo y me lo devuelve... no se supone que debamos desconfiar de nada menos que un escribano, que es quien tiene a cargo un registro público.-
Aparte siempre hay que entregar el expte contra recibo, para creditar donde está llegado el caso... en Tribunales saben que en caso de tracto el expte lo retira el letrado pero inmediatamente se lo pasa al escribano.
El escribano a lo sumo irá al Juzgado a aceptar el cargo (si es que se lo exijen) pero nunca ví que lo retire él... por otra parte para mí no corresponde, porque somos nosotros los apoderados o patrocinantes... el expte lo llevamos nosotros, no el escribano...
Con el criterio de deslindar responsabilidad también tendríamos que preocuparnos cuando el expte se va a rentas, Caja, Defensoría, etc....
Saludos