Llego un cliente a mi estudio que tuvo un grave accidente de transtio, a raiz del mismo, cobro el % de incapacidad correspondiente de la ART y ahora en la cia de seguro del auto me dicen que del monto que le ofrecen por los daños le descuentan lo abonado por la art porque la art luego hace la accion de repeticion ... esto es asi ??' aclaro estamos en la etapa extrajudicial ....
Es así como te dijeron en la aseguradora.
Si fuera indemnizado totalmente por las 2 personas jurídicas estaríamos ante un enriquecimiento sin causa.
La aseguradora extrajudicialmente te abona la diferencia ante un perjuicio tarifado (art) y un perjuicio civil.
Así se manejan.
Si no te satisface la oferta de la aseguradora demandalos.
Sldos
