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  • INCAPACITADA SE PUEDE JUBILAR?

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #475515  por wilo
 
Hola a todos. Mientras voy leyendo algo del tema les comento: mujer, 60 años, percibe una suerte de beneficio no contributivo ($199 por mes), sordo muda que no se da a entender por escrito, con curadora, nunca aportes.
La puedo jubilar? Es posible? De ser así le suspenderían el beneficio de $199 por incompatibilidad, me imagino. La puedo hacer por Internet? O por el beneficio no se va a poder? Saludos
 #475576  por noelin
 
AL MARGEN DE LA INCAPACIDAD, TENES Q CALCULAR DEUDA AUTONOMOS DESDE LOS 18 AÑOS A 9/93. COMPLETAS EL RESTO CON SDM. ES MONTO IMPORTANTE DE CONTADO. SI VAS X INCAPACIDAD, TENDRAS Q APORTAR 18 MESES SDM O MONOTRIBUTO Y LUEGO PEDIR RTI. ROGANDO NO LA CITEN A REVISION MEDICA
 #475607  por fabidoc
 
Lee la ley de minusvalía, es más directo y cuadra.-
 #475767  por fabidoc
 
Y por qué no hacer moratoria? qué lo prohibe??
 #475806  por wilo
 
Hola a ambos, Noelin y Fabiodoc. Fabiodoc: que número de ley es la de minusvalía? Como dice Noelin: no hay que tener algo aportado? Esta mujer no tiene nada de aportes, nada de nada.
Noelin: no me animo a comprar SDM y después a pedir RTI. Si quiere jubilarse que pague la deuda y listo. Tiene mas o menos $2000 de SDM mas las cuotas de la moratoria.
Mi pregunta es: puedo jubilarla? Con moratoria o sin ella? Por Internet?
Saludos
 #475815  por EDUARDO SUAREZ
 
wilo escribió:Hola a ambos, Noelin y Fabiodoc. Fabiodoc: que número de ley es la de minusvalía? Como dice Noelin: no hay que tener algo aportado? Esta mujer no tiene nada de aportes, nada de nada.
Noelin: no me animo a comprar SDM y después a pedir RTI. Si quiere jubilarse que pague la deuda y listo. Tiene mas o menos $2000 de SDM mas las cuotas de la moratoria.
Mi pregunta es: puedo jubilarla? Con moratoria o sin ella? Por Internet?
Saludos
No podés por internet porque tenés que pagar SDM .
Ahora bien, en este caso la curadora puede firmar en el turno o el poder para tramitar?
 #475826  por noelin
 
ESTA CHARLA ME GENERO UNA GRAN DUDA: A MI ME DENIEGAN LAS PENSIONES PQ NO TIENE SUFICIENTES APORTES HECHOS EN VIDA, Y PQ SE LOS REGULARICE EN 24476, COMPRANDO REGULARIDAD, Y A ESTA MUJER DICEN Q SE LA PUEDE JUBILAR SIN TENER APORTES Y CON MORATORIA???' EXPLIQUENME UN POQUITO, PORFI....
 #475858  por wilo
 
Hola. Gracias Eduardo.
Noelin: tenés razón, no es muy razonable que denieguen la pensión directa con regularidad comprada y jubilen a una incapacitada que nunca trabajó ni lo podría haber hecho
 #475884  por fabidoc
 
wilo lee la ley de minusvalía, y después podés objetar lo que te digo, con conocimientos.-
 #475890  por fabidoc
 
LEY 20475 (23 de MAYO DE 1973).-
 #475894  por wilo
 
Hola Fabiodoc. Nada mas lejos de mi intención que cuestionarte. Estaba buscando la ley de minusvalía a la que te referís y encontré la 18910, modificatoria de la 13478, pero por lo visto no era. Gracias por el dato
 #476060  por wilo
 
Fabiodoc, leí la 20475. Si se puede hacer moratoria tendría que comprar 20 años, acorde a cómo lo determina el art. 2.
Preguntas: En el SICAM se podrá aplicar art. 3 ley 24476? Percibiría la mínima? Se puede aplicar art. 19 ley 24241 (exceso de edad)? Esto último lo veo complicado atento a que es creado sólo a efectos de ser aplicado a PBU
 #476064  por chiqui79
 
noelin escribió:ESTA CHARLA ME GENERO UNA GRAN DUDA: A MI ME DENIEGAN LAS PENSIONES PQ NO TIENE SUFICIENTES APORTES HECHOS EN VIDA, Y PQ SE LOS REGULARICE EN 24476, COMPRANDO REGULARIDAD, Y A ESTA MUJER DICEN Q SE LA PUEDE JUBILAR SIN TENER APORTES Y CON MORATORIA???' EXPLIQUENME UN POQUITO, PORFI....
la diferencia:
tu ejemplo es pension, y no jubilacion como lo plantea fabidoc.
la regularidad se completa por moratoria pero con limites: si tiene un año en los ultimos 5 podes completarle los 15, sino comprar los 30 completos.
para hacer la minusvalia tenes que acreditar haber poseido una incapacidad durante los ultimos 20 años de aportes (por lo menos).

Son situaciones diferentes noelin.
Contanos porque te deniegan las pensiones??? si completas los 36 meses es correcta la denegatoria pero si completas 15 o 30 esta mal.
saludos.
 #476067  por wilo
 
LO que no sé es cómo acreditar los 10 años de servicios inmediatos anteriores al cese o solicitud de beneficio, prestados con la disminución síquica o física de la que habla el art. 1. Será a estos efectos suficiente la compra de años por Sicam?