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  • DAÑOS Y PERJUICIOS RESCISION CONTRATO

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 #474690  por BEALAW
 
Hola! Les cuento el caso y si alguien puede ayudarme, agradecida. Me vino a ver una persona para que le averigue si un abogado hace varios años le había iniciado alguna causa o no, porque no tuvo más contacto con el abogado. Ella había planteado a este colega que vendió un inmueble en el año 2001 (el cual se encuentra a su nombre, conforme informe dominio del Registro de la Propiedad) y que solo se firmó boleto de compra venta, no habiendo cumplido nunca los compradores con el pago pactado.
Ahora bien, ella vino con intenciones de ver qué puedo hacer yo para desalojarlos porque dice no haber tenido más noticias del abogado que alguna vez consultara a quien incluso había otorgado poder.
Fui a receptoria de expedientes y ubiqué una causa por Daños y Perjuicios que inició efectivamente el colega, haciendo hincapié en la REscisión de contrato por incumplimiento en el pago. Este expediente tiene como último auto uno del año 2007 que ordena el traslado de demanda, y no se hizo más nada.
Si bien yo puedo sustituir al colega y continuar en ese expediente, quisiera saber qué puedo hacer para darle la solución que esta persona espera que es que en algún momento esta gente se retire del lugar.
Les parece continuar el daños y al mismo tiempo hacer una reivindicatoria o desalojo? Qué me recomiendan?
 #474857  por ebarreyro
 
En mi opinión, primero daría traslado de la demanda de daños, para ver qué contestan -una causa tan vieja, con un letrado que no se hizo cargo... no sería la primera vez que apareciera un documento imprevisto-. Especialmente, para que no invoquen la posesión legítima en el juicio de desalojo, no sea que se pierdan costas inútilmente.
 #475452  por mariferzara
 
Bea, antes de dar traslado LEE BIEN LA DEMANDA, PRUEBA ETC. Es un garrón hacerse cargo de lo que otro dejó en el camino, por si acaso debés ampliar demanda u ofrecer otra prueba, estás a tiempo siempre antes de dar traslado.- Saludos