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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #473691  por pato
 
Hola foristas: estuve buscando el tema y no lo encuentro tengo que pasar una jubi por edad avanzada a ordinaria para que pueda cobrar la pensión del marido pero no entiendo si tiene que pagar de contado la deuda o si puede adherirse a la moratoria y cobrar los dos beneficios.(aclaro que son mínimos) Alguien me puede guiar con esto.Gracias
 #473739  por veroSS
 
Hola, mira tuve un caso similar, pero para poder hacerle el nuevo sicam con la nueva moratoria me dijeron en anses que tenia que darle de baja al beneficio de la jubilacion por edad avanzada, iniciar por ordinaria y una vez que sale la jubilacion ordinaria podia inicarla pension, dejando al cliente varios meses sin corbar y sin la coebrtura de pami, por lo que como es una señora muy mayor y tiene problemas de salud no me quise arriesgar.
Saludos.
 #473751  por pato
 
Yo averigué y me dijeron que el mismo día que haces la jubi ordinaria das la baja de la por edad avanzada y que teoricamente no automatica pero 2 meses tardaba, pero lo quetengo duda es lo de la moratoria que no me la van aceptar, va a tener que tener todo pago
 #474086  por layeya
 
Yo inicié una así en Rosario y no tuve que dar de baja, en la Solicitud de P.P. en observaciones, puse "conversión en jubilación ordinaria". Mi cliente cobró todos los meses hasta que le acordaron la ordinaria, solo se la interrupieron un mes, que fue cuando salió acordada, y al mes siguiente empezó a cobrar nuevamente.
 #474097  por pato
 
gracias laveya, pero tuviste que pagar todo de contado no?
 #474145  por marianela677
 
Hola.
Yo inicie una exactamente asi en anses liniers. Sin ningun problema.
El día del turno, saca uno para jubilacion, le inicias las 2 la ordinaria y la pension, yo ese dia lleve una circular que asi lo establece, para que no hagan problemas, y todo bien, la misma circular te lo dice. No deja de cobrar ningun mes. Cobra la Pea mientras se tramita el expediente, y cuando le sale la ordinaria, se compensan lo importes abonados y listo, osea nunca deja de cobrar. La moratoria hacela como siempre(en cuotas), tenele en cuenta si los años que tiene aportado.
Lo que si, yo hice una nota en donde pedia que primero trabajasen sobre la ordinaria y despues sobre la pension por el tema de la res. que te pide que pagues todo de contado si tiene otro beneficio(en este momento no me acuerdo el nº).
Cualquier cosa preguntame.
Suerte
 #474189  por wilo
 
pato escribió:Hola foristas: estuve buscando el tema y no lo encuentro tengo que pasar una jubi por edad avanzada a ordinaria para que pueda cobrar la pensión del marido pero no entiendo si tiene que pagar de contado la deuda o si puede adherirse a la moratoria y cobrar los dos beneficios.(aclaro que son mínimos) Alguien me puede guiar con esto.Gracias
Hola. A que moratoria se refieren? Para obtener la pensión o para convertir? Disculpen la inoranciag, pero al no quedarme claro esto no comprendí el resto. Saludos
 #474198  por soloiure
 
Hola Wilo,
se refieren a la moratoria previsional para la jubilación de la Sra que cobraba una PEA. Primero le tramitan la jubilación a la Sra., y luego cuando ésta este acordada le gestionan la pensión por viudez, de esa forma no habría incompatibilidad porque esta es entre pensión y jubilación, pero NO entre jubilación y pensión. Saludos.
 #474304  por mgabriela
 
Hola marianela, me podrias pasar la reesolucion a la que haces referencia, y algo mas , tengo un caso en que a la sra.cuando empezo a cobrar su jubilacion le suspendieron la pension que estaba cobrando por su marido. Cuano fui a la udai me dijeron que no es una no contributiva, que seguramente era una por edad avanzada, tiene idea en este caso que deberia hacer ? la convierto en ordinaria?
 #474350  por layeya
 
pato escribió:gracias laveya, pero tuviste que pagar todo de contado no?
No no hace falta pagar de contado, para hacer la conversión en ordinaria, tenés que proceder como en cualquier otra, incluso le podés computar el exceso edad que tenía al momento de solicitar la PEA, para que tengas que comprar menos
 #474662  por pato
 
gracias layeya por responderme y a todos por sus participaciones y en respuesta a mgabriela creo es el mismo caso que mi planteo tendrías que pasarla a unajubi ordinaria para que pueda cobrar las dos.saludos
 #474888  por marianela677
 
Hola Mgabriela. La busco y te la paso. Con respecto; me parece que le iniciaron la Pea porque no tenia los 30 años de aportes, por lo cual cuando le salio ella, le suspendieron la pension porque ambas son imcompatibles. Ahora esta el tema de la Res. 884, por lo cual al ser beneficiaria de la pension tendria, en su caso, que pagar los aportes por la ley 24476 de contado, no hay posibilidad de hacerse en cuotas.......
layeya escribió:
pato escribió:gracias laveya, pero tuviste que pagar todo de contado no?
No no hace falta pagar de contado, para hacer la conversión en ordinaria, tenés que proceder como en cualquier otra, incluso le podés computar el exceso edad que tenía al momento de solicitar la PEA, para que tengas que comprar menos
En una cosa disiento con layeya, porque computar el excedente de edad hasta el momento de la solicitud de la PEA? Hay que hacerlo hasta la conversion de la Pea en Ordinaria(al menos yo lo hice así).
 #483122  por fernanruiz
 
por este tema sería interesante invocar circular GP Nº 19/09 DEL 7 DE ABRIL DE 2009