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 #473738  por drtribunales
 
COLEGAS: quería consultarles por lo siguiente: como o donde se hace el tema de la apostilla para una partida?? gracias.-


Otro tema sucesión fallece en CHILE, unico bien aca, puede trasladarse aca la sucesión?? Gracias
 #473764  por dotorcito
 
Si podes abrir el sucesotio en argentina por el art. 10 del CC, que es de orden público. Aclara en el cuerpo de la demanda que existen bienes inmuebles en el país, ahora tene presente si estaba en chile circunstancialmente o si habia fijado domicilio..., si estaba de paso nomas entiende el juez del último domicilio.-
 #473812  por drtribunales
 
ok, buenisimo, y si habia fijado domicilio alla?? entiendo el de alla? auqnue el bien inmueblese encuentre en argentina? Gracias
 #474170  por dotorcito
 
Colega: Si fijo domicilio en chile se habre el sucesorio en la argentina, en la jurisdiccion donde este el bien inmueble, vas a echar mano al art. 10. del CC. que bajo concepto alguno puede dejar el juez de tener en cuenta. Si estaba circunstancialmnte en Chile, rige la el último domicilio del causante.( que es en argentina) Pero si surge claramente de la documental, ejemplo: si en el acta de defuncion dice .....con domiclio en argentina accidentalmente acá o cualquier otra leyenda por el estilo.... u otra documental que asi lo pruebe de manera indubitable...y si no art. 10 como ya te dije...a tus ordenes. Es muy fácil.