Hola a todos!!!! Mi inquietud es la siguiente: Una docente inició un juicio de reajuste por la ley 18037 puesto que para el momento en que se jubiló no se aplicaba la ley para docente , el tema es que ahora pidió la aplicación del decreto que le da derecho al reajuste administrativo como docente . Dejó paralizado su juicio de reajuste como pendiente para ver si lo continúa mas adelante y mi pregunta es: Si ahora se le reconoció ese reajuste como docente - "es jubilada docente" que pasa con ese reajuste judicial que se inició por la ley común? si ella quisiera, ya no podría seguirlo porque le cambió la situacion?? o se daría el caso de un hecho nuevo y podría seguirse pidiendo reajuste judicial docente??? o continuarlo pidiendo reajuste de los haberes que se le tomaron para jubilarla y no movilidad??? realmente no se .Si alguien me puede guiar le estaré muy agradecida. Saludos a todos . Gracias!!!
Hola. Que raro que hayan pedido reajuste con la 18037. Yo, con toda humildad lo escribo, lo hubiera encarado por la 23895 o la 24016 si es que se cumplían los requisitos para reajustar por estas leyes, teniendo en cuenta la profesión.
No se muy bien que es lo que te conviene. Hicieron cálculo con Bluecorp o Jáuregui para ver que da reajustado? De allí se podría comparar con el 82% del sueldo docente actual en actividad y a sacar cuentas a ver que conviene más. También es útil ver en que etapa del juicio está para ver la conveniencia de dejarlo paralizado o pedir caducidad, digo...
Saludos
