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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #471848  por markello
 
Parece que te vino un jubilado de la Ex-Imps. (Ex-Instituto Municipal de Prevision Social).
Eso del 82% de movilidad ha quedado sin uso a la luz de la aplicacion del chocobar y la posterior 24241.
Preguntale a tu cliente si cobro el SIMUPA en el Banco Ciudad y si cobro los BONOS MUNICIPALES en la decada del 90.

Aun hay jubilados MUNICIPALES (del EX-IMPS) que consideran viable el 82% pero te digo que la corte nos ha aplicado a todos los municipales el famoso CHOCOBAR y aguantar con la poca diferencia que nos arrojo y bonos municipales emitidos por el Ex -IMPS (bonos y retroactivos emitidos por la hoy Contaduria General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires).

Hasta chocobar, la Corte nos reconocia el famoso 82%, podes ver fallos como "VARIO, María c/ Instituto Municipal de Previsión Social" 30/10/90.

Los unicos docentes que gozan del 82% son los llamados "docentes municipales", porque ellos se denominan asi, pero no por ser municipales sino por beneficiarse por la nueva ley que otorga dicha movilidad a todos los docentes.

El resto de los viejos jubilados MUNICIPALES temo que han caido bajo el chocobar y fuera del 82% de movilidad.

Por ultimo, hablamos de aquellos que obtuvieron el beneficio bajo el decreto 1645/78, si se jubilaron despues del 94, ya no son municipales, porque fuimos absorbidos por la Anses.

Ojala te sirva de ayuda, saludos.
 #471986  por periquita
 
markello escribió:Parece que te vino un jubilado de la Ex-Imps. (Ex-Instituto Municipal de Prevision Social).
Eso del 82% de movilidad ha quedado sin uso a la luz de la aplicacion del chocobar y la posterior 24241.
Preguntale a tu cliente si cobro el SIMUPA en el Banco Ciudad y si cobro los BONOS MUNICIPALES en la decada del 90.

Aun hay jubilados MUNICIPALES (del EX-IMPS) que consideran viable el 82% pero te digo que la corte nos ha aplicado a todos los municipales el famoso CHOCOBAR y aguantar con la poca diferencia que nos arrojo y bonos municipales emitidos por el Ex -IMPS (bonos y retroactivos emitidos por la hoy Contaduria General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires).

Hasta chocobar, la Corte nos reconocia el famoso 82%, podes ver fallos como "VARIO, María c/ Instituto Municipal de Previsión Social" 30/10/90.

Los unicos docentes que gozan del 82% son los llamados "docentes municipales", porque ellos se denominan asi, pero no por ser municipales sino por beneficiarse por la nueva ley que otorga dicha movilidad a todos los docentes.
¿Cuál es la nueva ley que otorga el 82 % a los "docentes municipales"?

El resto de los viejos jubilados MUNICIPALES temo que han caido bajo el chocobar y fuera del 82% de movilidad.

Por ultimo, hablamos de aquellos que obtuvieron el beneficio bajo el decreto 1645/78, si se jubilaron despues del 94, ya no son municipales, porque fuimos absorbidos por la Anses.

Ojala te sirva de ayuda, saludos.
 #473197  por markello
 
hay periquita, sabemos los dos que sos una experta en docentes y que yo estoy muy alejado de ello, es mas, me ayudaste con eso cuando me vino una docente para el tema del suplemento de la 135/07 y correr con la documentación a la institución para que les firme los papeles.
Entiendo que cuando uno escribe quizas se haga interpretar mal, pero como hablamos hace tiempo, me escape de los docentes hace mucho tiempo.
Cuando hablaba de los docentes, especificamente referia a los docentes MUNICIPALES, aquellos que obtuvieron el beneficio antes que nos saquen la Caja y nos deje en igualdad de condiciones, o en peor situación que los demas jubilados nacionales ya que lo nuestro era un decreto municipal que nos beneficiaba, claro, antes que nos apliquen el fatidico chocobar.

En verdad, en lugar de la nueva ley debia referir a ese bendito suplemento y por supuesto al 82% de movilidad que le han reconocido, o no.

Asi que, no te enfades, sabes bien que no hablaba de los docentes actuales ya que hace tiempo dejaron de ser parte de mi orbita jurisdiccional, y luego que pasaron todos a formar parte de la 24241, por suerte me separe de ellos.

slds
 #473210  por markello
 
pensandolo mejor, tenia que referir a todos los municipales y evitar mencionar a los docentes, pues nada, dudas con los MUNICIPALES (no docentes) no hay problema, muchos años en cordoba y callao hasta que llego el anses y nos quito la caja.

Respecto a la consulta, la Anses esta pagando lo que haya quedado de deuda de la vieja Ex-Imps, pero si quedo algo podes dirigirte a la Contaduria General del Gobierno (creo que es Av. Belgrano 831) y alli te diran de buena manera si queda algo para cobrar, sobretodo los bonos municipales, pero como dije en otro post, ya quedan pocos que reclaman alli.

Con el recibo de haber del jubilado y la fotocopia del dni te daran toda la informacion ya que tienen toda la base de datos de los jubilados que fueron municipales (aquellos que obtuvieron el beneficio bajo la orbita del Ex-Imps), los que tuvieron el beneficio por anses, ya no es competencia de ellos ni tienen registro de deuda.
slds
 #473469  por periquita
 
markello escribió:
En verdad, en lugar de la nueva ley debia referir a ese bendito suplemento y por supuesto al 82% de movilidad que le han reconocido, o no.

Asi que, no te enfades, sabes bien que no hablaba de los docentes actuales ya que hace tiempo dejaron de ser parte de mi orbita jurisdiccional, y luego que pasaron todos a formar parte de la 24241, por suerte me separe de ellos.
Hola markello
No me enfadé en absoluto. Simplemente aclaro que el 82 % reconocido a los docentes por el Dto. 137/05, sin duda muy importante para dicho gremio, no implica MOVILIDAD del cargo. Se liquida el 82 % del último cárgo ejercido y luego se aplican los aumentos generales de los jubilados. Desde la resolución 14/09 se aumenta con un coeficiente especial docente que tampoco implica movilidad del cargo. (En setiembre del 2009 el aumento general para los jubilados fue 7.34 % y el docente 7.33 %).
 #473594  por GAVA
 
Me cuelgo del tema docente, como bien dijo Periquita, no es el 82% movil, pero hay que pedirselos judicialmente porque les corresponde. Muchos se quedan con el dec. 137/ y el aumento de este año y no saben que eso no es el 82%. Saludos.
 #561963  por bulerias
 
En caso de hacer un reajuste actualmente por un jubilado municipal( q se jubilo antes del 94) de hecho es la pensionada, deberia atacar la 24241 toda vez que fue absorvido por anses y bajo ese regimen? es correcto lo q digo? Ya q en pcio me confundi y reclame por 18037 pero armando la demanda me di cuenta que se trataba de otro regimen. Gracias por ayudarme, ando perdida!