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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #472330  por patricia fernanda
 
HOLA VUELVO A CONSULTAR!!! sobre un Sr de la construccion que quiere jubilarse por la ley 26494- Tiene 66 años y 24 años en la Construccion, y segun dice la ley tiene que tener LOS 12 AÑOS EN LA CONSTRUCCION DENTRO DE LOS 15 ULTIMOS AÑOS TRABAJADOS , y si los tiene- . La consulta es si el año que falta lo puedo completar con la moratoria (yo tengo entendido que si) pero lo quiero confirmar. Tambien si el execeso de edad se le podria completar?
Bueno gracias!!!!
Saludos y espero que me puedas ayudar!!!!
Patricia
 #472356  por coraso
 
Hola Patricia, esperá a ver que te dice alguien más experimentado, pero por lo que estuve viendo en otros post, cuando tiene 12 dentro de los últimos 15 no sería necesario completar los 30 de servicios. Pero no se, sino yo creería que si podés completar el resto con moratoria, de hecho yo tengo un Sr que no reune los 12 dentro de los últimos 15 voy a completar con moratoria.
Ahora yo tengo una duda que quizás me puedas evacuar, mi cliente perdió las libretas de trabajo. Al leer la sábana de aportes tengo los meses y años de aportes, pero no se como hacer para saber si trabajó dentro de ese mes sólo una semana, o períodos salteados dentro del mes
Gracias
 #472360  por patricia fernanda
 
Hola!!!
Te informo que la ley de empleados de la construccion solo debe ser 25 años de servicio y como requisito debe tener en los ultimos 15 años 12 años como empleado de la construccion, y NO 30 años- Con respecto a la lectura de la sabana toma los meses aportados que figuran ahi.
Saludos!!1 y espero que alguin me pueda ayudar a mi!!!!!!!!!!!!!!!!!
 #472364  por coraso
 
si es cierto. Para mi podés completar con moratoria, pero vas a tener que prorratear porque la moratoria seria del régimen común. Hay una resolución nueva que permite prorratear.
 #473283  por patricia fernanda
 
coraso escribió:si es cierto. Para mi podés completar con moratoria, pero vas a tener que prorratear porque la moratoria seria del régimen común. Hay una resolución nueva que permite prorratear.
Como prorratera??? me podrias ampliar??
 #473299  por MARIO1943
 
patricia fernanda escribió:
coraso escribió:si es cierto. Para mi podés completar con moratoria, pero vas a tener que prorratear porque la moratoria seria del régimen común. Hay una resolución nueva que permite prorratear.
Como prorratera??? me podrias ampliar??
EN TU CASO NO TENES QUE PRORRATEAR, PORQUE TENES LOS 12 ANOS, SI TUVIERAS MENOS SI HAY QUE PRORRATEAR, LO QUE TENES QUE COMPRAR
SON LOS PERIODOS COMUNES PARA LLEGAR A LOS 25 ANOS
 #473328  por hugo2
 
patricia fernanda escribió:Como prorratear???? me podrias ampliar como seria?????
Fernanda por favor porque no lees que hay docenas de post sobre prorrateo de servicios comunes y diferenciales.