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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #472746  por mariwalt
 
Hola!! No sé si me acostumbré a hacer jubilaciones con sicam + SDM pero esta pura me parece que la estoy haciendo mal!!! Por favor me lo corrigen o me ayudan porque estoy confundida!!!.- Gracias!!!.-
/Mujer Extranjera.- Nació 11/06/1940 - Ingreso al país: 11/07/1960
Situación de revista; 08/1960 a 09/1990
Beneficio: art.38 24241: 7 años: 08/1960 al 09/1968
Exceso de edad: 9 a 5 m.-

Tengo la idea de que algo está mal y no descubro qué es!!!.Por favor me ayudan!!! Gracias de antemano por todo lo que siempre me ayudan!!
 #472752  por alejandra01
 
en realidad, el excedente de edad está bien, pero lo que tenés que tomar como beneficio por el mismo es la mitad del tiempo. Asi que calculo que si tu sicam te da unos 21 años y 2 meses creo, y sumás el excedente de "casi" 5 años, te está faltando ampliar más la moratoria porque no llegás a los 30 años. Es más, creo que si ampliás hasta 9/93 vas a tener que recurrir a sdm, y como consecuencia bajarán los años de ddjj.
Ojo, yo no tomo art. 38 cuando hay moratoria, porque el art. 3 te permite declarar períodos más caros para poner por decl jurada como los años 80/84/85, lo que te bajaría la cuota de deuda. Vos en cambio, estás usando los más baratos para poner por ddjj y eso te deja a pagar períodos más caros.
saludos.
mariwalt escribió:Hola!! No sé si me acostumbré a hacer jubilaciones con sicam + SDM pero esta pura me parece que la estoy haciendo mal!!! Por favor me lo corrigen o me ayudan porque estoy confundida!!!.- Gracias!!!.-
/Mujer Extranjera.- Nació 11/06/1940 - Ingreso al país: 11/07/1960
Situación de revista; 08/1960 a 09/1990
Beneficio: art.38 24241: 7 años: 08/1960 al 09/1968
Exceso de edad: 9 a 5 m.-

Tengo la idea de que algo está mal y no descubro qué es!!!.Por favor me ayudan!!! Gracias de antemano por todo lo que siempre me ayudan!!
 #472812  por mmmm
 
Haber me parece q algo esta mal,
la sra nace en 11/06/1940 compensa 4 años 8 meses
ingresa al pais 11/07/1960
desde el 08/1960 a 11/1985 tenes 25a 4 meses
es decir llega a los 30 años
beneficios 7 años 04/84 a 09/91

Por q servicio domestico? estoy mal?
 #472901  por ggoviedo
 
hola, como estan?
a mi me parece que los años te dan como para no necesitar comprar SDM.
los 4 años y 9 meses de axceso de adad, entonces necesitas comprar 25 años y 3 meses
desde 08/1960 hasta 09/1993 da como resultado 33 años y 2 meses.
con esto te sobran años, hasta podes darte el lujo de no computar algunos años (8 años) caros como el 75/76/77 y algunos mas o los que quieras.
dps aplicas la ddjj por 7 años, tambien x esos periodos (del 78 al 84)
ahi tendrias todo completo, sin necesidad de utilizar el SDM.
espero haberte ayudado.
fijate en el foro hay una aplicacion que te permite calcular las jubilaciones, la pedis x mail y listo.
la verdad que me ayudo mucho a entender el procedimiento para el calculo.
sino mandame tu mail y yo te lo mando.
asi se llama el titulo del post.

CALCULO PARA BENEFICIOS CON SDM
saludos.
 #472911  por ggoviedo
 
perdon el post es:
SIMULADOR PARA CALCULO SICAM.
me confundi.
saludos
 #472970  por wilo
 
Hola. Yo pedí un par de veces el simulador Sicam pero nunca me lo enviaron. No es reclamo ni nada que se le parezca, solo quería saber si a alguien se lo mandaron. Saludos
 #473044  por alejandra01
 
perdón. obvien mi liquidación. tu sicam da perfectamente para hacerlo sin servicio doméstico, ya que el período 8/60 a 9/90 dan algo más de 30 años. Si sumás el excedente de edad estás más que bien. Es más, pensandolo bien, podrías achicar tu moratoria por todo el período que te sobra de los 30 años así paga menos de cuota.
Lo único que pondría como beneficios por el art. 3 pe´ríodos más caros como te había dicho antes. años 80 al 86 por ej.
alejandra01 escribió:en realidad, el excedente de edad está bien, pero lo que tenés que tomar como beneficio por el mismo es la mitad del tiempo. Asi que calculo que si tu sicam te da unos 21 años y 2 meses creo, y sumás el excedente de "casi" 5 años, te está faltando ampliar más la moratoria porque no llegás a los 30 años. Es más, creo que si ampliás hasta 9/93 vas a tener que recurrir a sdm, y como consecuencia bajarán los años de ddjj.
Ojo, yo no tomo art. 38 cuando hay moratoria, porque el art. 3 te permite declarar períodos más caros para poner por decl jurada como los años 80/84/85, lo que te bajaría la cuota de deuda. Vos en cambio, estás usando los más baratos para poner por ddjj y eso te deja a pagar períodos más caros.
saludos.
mariwalt escribió:Hola!! No sé si me acostumbré a hacer jubilaciones con sicam + SDM pero esta pura me parece que la estoy haciendo mal!!! Por favor me lo corrigen o me ayudan porque estoy confundida!!!.- Gracias!!!.-
/Mujer Extranjera.- Nació 11/06/1940 - Ingreso al país: 11/07/1960
Situación de revista; 08/1960 a 09/1990
Beneficio: art.38 24241: 7 años: 08/1960 al 09/1968
Exceso de edad: 9 a 5 m.-

Tengo la idea de que algo está mal y no descubro qué es!!!.Por favor me ayudan!!! Gracias de antemano por todo lo que siempre me ayudan!!
 #474085  por mariwalt
 
Gracias a todos!!!!! Si, cuando lo pasé al sicam me di cuenta que mi cálculo se excedía en 3 a y 2 meses, así que voy a tomar sus consejos y disminuyo la moratoria en los períodos más caros.- Sé que no necesito SDM porque tanto la edad como el año de ingreso me dan tranquilamente para la moratoria.- Nuevamente GRACIAS POR RESPONDER!!!!!!.- Con relación al simulador lo pedí pero no me lo mandaron.- Voy a reiterar el pedido a quien lo ofreció.- GRACIAS!!!!!.-