Hola, el problema que tengo es el siguiente, paso a contarles: somos una familia de 6 hermanos y mis padres fallecieron. Se hizo la sucesión por tracto abreviado (con la firma de los 6 hermanos de acuerdo), para luego vender la casa, la declaratoria de herederos ya esta lista, así que estamos a la espera de un comprador. El inmueble tiene el cartel de la inmobiliaria y "el hermano ocupante (que mas abajo detallo)" no firmó nunca la autorización de venta de la inmobiliaria (le hemos dicho que firme en reiteradas ocasiones).
El problema se presentó cuando unos de los hermanos quiso ir a vivir al inmueble, dicho hermano está en conflicto con los demás, a lo cual le hicimos firmar un acuerdo entre las partes que incluso él también ha firmado. La idea era poder tener algo antes que nada por las dudas, les detallo los puntos importantes del acuerdo:
1) las partes acordaron proceder a la venta de dicho inmueble, una vez concluido el proceso sucesorio respectivo.-
2) "el hermano ocupante", conjuntamente con su grupo familiar primario, ocupen el inmueble, y habiten en él en forma gratuita, teniendo a su cargo solamente el pago de los impuestos, tasas y contribuciones que graven al mismo. De serle requerido, deberá exhibir al resto de los herederos los comprobantes de pago pertinentes y si no abonare alguno de ellos, una vez puesto en mora, podrá exigírsele el inmediato desalojo del inmueble.-
3)Al momento de la devolución del inmueble deberá entregarlo en el mismo estado en que se encuentra a la fecha salvo los deterioros producidos por el paso del tiempo.-
4)"El hermano ocupante" se encuentra obligado a: 1)Permitir el ingreso a la propiedad de los demás herederos, personal de la inmobiliaria a la que se autorice a la venta, y eventuales interesados en la misma; 2) Proceder al inmediato desalojo del inmueble cuando se produzca la venta del mismo.-
5)En el caso de que "el hermano ocupante" no desocupara el inmueble en forma total dentro de los 5 días de notificado fehacientemente de la venta o del incumplimiento de las obligaciones a su cargo, deberá abonar al resto de los herederos una multa diaria equivalente a CIEN DÓLARES ESTADOUNIDENSES (u$s100).
El problema que tenemos es que la inmobiliaria no puede concertar una visita desde septiembre, ya que lo bicicletean con el típico "...llamame mañana, la semana que viene, el sábado, etc", que él solamente puede exhibirlo los sábados. Además a nosotros nos atiende mal y a veces nos corta.
La última llamada que hice fue para decirle que sino puede él abrirle a la inmobiliaria iría yo, luego escuche que no me hablaba más y luego me cortó.
Les pregunto a ustedes que hacer, si ir entrar "tranquilo" y hablar con él para ver que quiere hacer , accionar por carta documento y que sea lo que Dios quiera, ejecutar el acuerdo arriba mencionado, córtales los servicios, etc. Este tema ya me tiene muy mal... espero que puedan darme una mano con alguna solución.
Desde ya muchas Gracias.
El problema se presentó cuando unos de los hermanos quiso ir a vivir al inmueble, dicho hermano está en conflicto con los demás, a lo cual le hicimos firmar un acuerdo entre las partes que incluso él también ha firmado. La idea era poder tener algo antes que nada por las dudas, les detallo los puntos importantes del acuerdo:
1) las partes acordaron proceder a la venta de dicho inmueble, una vez concluido el proceso sucesorio respectivo.-
2) "el hermano ocupante", conjuntamente con su grupo familiar primario, ocupen el inmueble, y habiten en él en forma gratuita, teniendo a su cargo solamente el pago de los impuestos, tasas y contribuciones que graven al mismo. De serle requerido, deberá exhibir al resto de los herederos los comprobantes de pago pertinentes y si no abonare alguno de ellos, una vez puesto en mora, podrá exigírsele el inmediato desalojo del inmueble.-
3)Al momento de la devolución del inmueble deberá entregarlo en el mismo estado en que se encuentra a la fecha salvo los deterioros producidos por el paso del tiempo.-
4)"El hermano ocupante" se encuentra obligado a: 1)Permitir el ingreso a la propiedad de los demás herederos, personal de la inmobiliaria a la que se autorice a la venta, y eventuales interesados en la misma; 2) Proceder al inmediato desalojo del inmueble cuando se produzca la venta del mismo.-
5)En el caso de que "el hermano ocupante" no desocupara el inmueble en forma total dentro de los 5 días de notificado fehacientemente de la venta o del incumplimiento de las obligaciones a su cargo, deberá abonar al resto de los herederos una multa diaria equivalente a CIEN DÓLARES ESTADOUNIDENSES (u$s100).
El problema que tenemos es que la inmobiliaria no puede concertar una visita desde septiembre, ya que lo bicicletean con el típico "...llamame mañana, la semana que viene, el sábado, etc", que él solamente puede exhibirlo los sábados. Además a nosotros nos atiende mal y a veces nos corta.
La última llamada que hice fue para decirle que sino puede él abrirle a la inmobiliaria iría yo, luego escuche que no me hablaba más y luego me cortó.
Les pregunto a ustedes que hacer, si ir entrar "tranquilo" y hablar con él para ver que quiere hacer , accionar por carta documento y que sea lo que Dios quiera, ejecutar el acuerdo arriba mencionado, córtales los servicios, etc. Este tema ya me tiene muy mal... espero que puedan darme una mano con alguna solución.
Desde ya muchas Gracias.
