Amigos, les agradeceré la ayuda que me puedan brindar.
Serví de co-locatario en un contrato de arrendamiento de una bodega para una empresa, sociedad limitada, que de un amigo que no tenía propiedad raíz, y la empresa inmobiliaria que arrendaba exigía como requisito un codeudor que sí la tuviera. El contrato también fue suscrito por la empresa de mi amigo. El contrato se inició en 1988. En el contrato original se estableció el valor de canon mensual, y se pactó un aumento anual del 15% y bajos estos términos funcionó durante cuatro años. En 1992, al vencer otro año, se hizo una modificación, mediante el cuall se aumento el valor del canon en 37% para este año, y se cambio la rata de aumento anual a un índice indeterminado en su valor anual, el Índice anual de aumento precios a consumido. Esta modificación solo fue firmada por la empresa de mi amigo y por la empresa inmobiliaria.Yo no firmé esta modificación, ni me fue consultada. Bajo esto nuevos términos funcionó el contrato durante varios años. En el año 2003 la empresa de mi amigo embargada y luego se nombró un secuestre que la llevó a la quiebra y dejó de pagar arrendamiento por muchos meses, que ahora me están cobrando a mí. Mi pregunta es: ¿LA MODIFICACIÓN SIN MI FIRMA SE PUEDE TOMAR COMO NOVACIÓN Y POR TANTO LIBERARME A MI DE ESTA OBLIGACIÓN?
Sabré agradecer la ayuda que den.
Serví de co-locatario en un contrato de arrendamiento de una bodega para una empresa, sociedad limitada, que de un amigo que no tenía propiedad raíz, y la empresa inmobiliaria que arrendaba exigía como requisito un codeudor que sí la tuviera. El contrato también fue suscrito por la empresa de mi amigo. El contrato se inició en 1988. En el contrato original se estableció el valor de canon mensual, y se pactó un aumento anual del 15% y bajos estos términos funcionó durante cuatro años. En 1992, al vencer otro año, se hizo una modificación, mediante el cuall se aumento el valor del canon en 37% para este año, y se cambio la rata de aumento anual a un índice indeterminado en su valor anual, el Índice anual de aumento precios a consumido. Esta modificación solo fue firmada por la empresa de mi amigo y por la empresa inmobiliaria.Yo no firmé esta modificación, ni me fue consultada. Bajo esto nuevos términos funcionó el contrato durante varios años. En el año 2003 la empresa de mi amigo embargada y luego se nombró un secuestre que la llevó a la quiebra y dejó de pagar arrendamiento por muchos meses, que ahora me están cobrando a mí. Mi pregunta es: ¿LA MODIFICACIÓN SIN MI FIRMA SE PUEDE TOMAR COMO NOVACIÓN Y POR TANTO LIBERARME A MI DE ESTA OBLIGACIÓN?
Sabré agradecer la ayuda que den.
