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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #468618  por paola3
 
La consulta es la siguiente: Una señora pensionada derivada de X, renunció a dicho beneficio para acceder al beneficio de pensión derivada de Y. Antes Anses obligaba a optar por el beneficio de pensión derivada. Tengo entendido que esto hoy no es así. Que una pensionada que vuelve a contraer matrimonio, puede luego también acceder al beneficio de pensión derivada de su segundo marido sin renunciar al anterior. Alguien tiene idea de si es así? Alguna referncia normativa?
Gracias!!!!!!!!!!!!
 #468623  por inesla
 
hola buscá la 22611, creo que es el nro. correcto de la ley, acumulación de beneficios, ahí vas a encontrar. El tope de cobro son 3 mínimas. sds