Hola, quisiera que alguien me de una mano con este tema, la cuestión es la siguiente: mi cliente es heredero de un inmueble del cual era titular su padre, esta persona desea realizar la sucesión correspondiente y al solicitar el informe de dominio correspondiente surge que existe una inscripción realizada por una mujer hace 9 años en los términos de la ley Pierri. Conforme me han orientado en el foro corresponde una acción de reivindicación, el teme que se me plantea ahora es contra quien se dirige la acción, ya que me enteré la mujer beneficiaria de la ley ha fallecido con lo cual solo restaría que se borre de los asientos del registro de la propiedad el beneficio de dicha ley, quisiera saber si es idóneo el instituto de la reivindicación. desde ya gracias!!
