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  • Beneficio de litigar sin gastos.

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 #468329  por lichicina
 
Hola a todos!!! me nombraron defensora de ausentes de unos herederos que no aparecen y a los que se les esta iniciando una demanda por beneficio de litigar sin gastos para luego entablar una usucapion. Se le dio tramite sumarisimo. Alguien me podria dar un modelito de una contestacion de demanda de beneficio de pobreza?? Que prueba podria ofrecer yo con la contestacion de demanda?? Absolucion de posiciones del actor?? el presento sus recibos de sueldo e informativas al registro de la propiedad para demostrar q no tiene bienes ademas de dos testigos. se los agradeceria mucho!!!!!
 #468648  por gero
 
El beneficio que mencionas lo solicita toda persona que no puede hacer frente a los gastos de justicia para lo cual debe, ésta persona, demostrar que esta en una situación de pobreza.- y la caratula es: "fulano xxxxx s/beneficio de litigar sin gastos" suerte
 #468746  por Dr_Diego
 
lichicina escribió:Hola a todos!!! me nombraron defensora de ausentes de unos herederos que no aparecen y a los que se les esta iniciando una demanda por beneficio de litigar sin gastos para luego entablar una usucapion. Se le dio tramite sumarisimo. Alguien me podria dar un modelito de una contestacion de demanda de beneficio de pobreza?? Que prueba podria ofrecer yo con la contestacion de demanda?? Absolucion de posiciones del actor?? el presento sus recibos de sueldo e informativas al registro de la propiedad para demostrar q no tiene bienes ademas de dos testigos. se los agradeceria mucho!!!!!
Hola colega. En muchos casos ni se contestan esos traslados. Fijate bien, que no te deben estar dando trasllado de la demanda de BLSG, sino haciéndote saber que fue iniciado. Fijate el procedimiento en el CPCC: si no recuerdo mal, el control de la prueba producida en el BLSG se hace al final, cuando está por dictar sentencia. Pero en todo caso, deberás ofrecer prueba que creas sirva para acreditar la verdadera situación patrimonal del accionante. Quizás te convenga pelearlo un poco por si tenes que "rendir cuentas" de la gestión. Cualquier cosa manda pm.
 #469797  por mariaflorencia88
 
Hola! no entiendo bien porque te querés oponer al beneficio.......sabes si tienen bienes, cuanto cobran y demás? Tal vez no entendí tu pregunta, en realidad si presenta recibo de sueldo, oficio al registro, y le saltan bienes y un buen sueldo, es el mismo juzgado el que se lo rechaza.

Saludos!
 #470729  por lichicina
 
Hola Maria Florencia. No es por mala voluntad q uno se opone. No te olvides q se trata de una defensa de ausentes, mi cliente esta en rebeldia, y si un dia aparece y me pide q le rinda cuentas de mi actuacion me puede reclamar mi falta de oposicion a la pobreza. Imaginate q la pobreza es para iniciar una usucapion, para no tener q pagar las tasas de justicia y el ausente puede perder un bien nada menos.La pobreza es una demanda, con todas las formalidades, si no se opone el defensor, el juez solo no hace ningun analisis, para eso te corren un traslado. saludos!!!!!