Hola colegas !!! Necesito hacerles una consulta:
En una causa de desalojo (intrusos) en Capital, durante el proceso se enderezó demanda (contra uno de los ocupantes que se consiguió el nombre) y se presentó en autos. Se obtuvo sentencia de desalojo !!!! en plazo de 5 días. El Juzgado notificó la sentencia a la demandada (que se presentó) al domicilio que constituyó con su abogada, a mi cliente (el actor) a mi estudio, y a INTRUSOS Y/U OCUPANTES al inmueble objeto del desalojo.
Ahora bien: la cédula que fue al domicilio ocupado obviamente volvió dos veces (con 3 idas en cada una del oficial notificador) sin que nadie lo atienda, o sea, sin notificar. Solicitamos se notifique bajo responsabilidad de la actora y nos dijeron que no correspondía al caso (está bien), y luego se ordenó notificar con habilitación de días y horas inhábiles (ahora está en eso).
Pero ya sabemos que nadie va a recibir esa cédula, ya que la demandada dijo en la audiencia que harían cualquier cosa para estirar el tema.
Mi pregunta es:
La demandada ya está notificada !!!!!!!!!!!!! y pasaron los 5 días y no apeló, con lo cual la sentencia en relación a la demandada ESTA FIRME !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!.
En el domicilio viven sus dos hijos y su marido (que están separados) en la parte de atrás de la casa.
Si la cédula vuelve sin notificar respecto de los intrusos y/u ocupantes... yo pido igual el mandamiento de lanzamiento !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
Me va a servir igual para sacar a todos del inmueble ?????????????????????????????????????????
Por favor necesito resolver este tema y ver si puedo tener el inmueble antes de fin de año !!!!!!
AGRADEZCO ENORMEMENTE SU AYUDA !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
PAULA
En una causa de desalojo (intrusos) en Capital, durante el proceso se enderezó demanda (contra uno de los ocupantes que se consiguió el nombre) y se presentó en autos. Se obtuvo sentencia de desalojo !!!! en plazo de 5 días. El Juzgado notificó la sentencia a la demandada (que se presentó) al domicilio que constituyó con su abogada, a mi cliente (el actor) a mi estudio, y a INTRUSOS Y/U OCUPANTES al inmueble objeto del desalojo.
Ahora bien: la cédula que fue al domicilio ocupado obviamente volvió dos veces (con 3 idas en cada una del oficial notificador) sin que nadie lo atienda, o sea, sin notificar. Solicitamos se notifique bajo responsabilidad de la actora y nos dijeron que no correspondía al caso (está bien), y luego se ordenó notificar con habilitación de días y horas inhábiles (ahora está en eso).
Pero ya sabemos que nadie va a recibir esa cédula, ya que la demandada dijo en la audiencia que harían cualquier cosa para estirar el tema.
Mi pregunta es:
La demandada ya está notificada !!!!!!!!!!!!! y pasaron los 5 días y no apeló, con lo cual la sentencia en relación a la demandada ESTA FIRME !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!.
En el domicilio viven sus dos hijos y su marido (que están separados) en la parte de atrás de la casa.
Si la cédula vuelve sin notificar respecto de los intrusos y/u ocupantes... yo pido igual el mandamiento de lanzamiento !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
Me va a servir igual para sacar a todos del inmueble ?????????????????????????????????????????
Por favor necesito resolver este tema y ver si puedo tener el inmueble antes de fin de año !!!!!!
AGRADEZCO ENORMEMENTE SU AYUDA !!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!!
PAULA
