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  • Jubilada "ama de casa" solicita pension

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #466412  por EduardoM
 
Buenas tardes foristas, nunca realice jub ni pensiones, tome un caso y es necesario realizarles la siguiente consulta: Jubilada ama de casa, (Aun le estan descontando las cuotas de la moratoria) quiere tramitar la pension de su esposo fallecido en el año 82, el hombre cobraba la jubilacion. Se puede realizar? debe cancelar el plan de moratoria actual?
 #466449  por Alan
 
Haber, si la Sra. hubiera estado cobrando la pension de su marido fallecido o cualquier otro beneficio preevisional, y quiere acceder a su jubilacion por moratoria 24476, en este caso debe cancelar la moratoria de contado. Pero para el caso, o sea una Sra. que esta actualmente jubilada con moratoria, y quiere acceder a la pension derivada de su marido (al fallecer el marido estaba jubilado), no debe cancelar la moratoria de su jubilacion, si si el caso fuera al reves. Saludos.-
 #466450  por andrea37
 
Si, pero que raro que nunca tramitó la pensión, tiene que hacer el adp con el acta de matrimonio actualizada, el acta de defunción y el dni de ella. Si estaban casados y tenían el mismo domicilio y en el acta de defunción figura ese domicilio, todo bien!!
 #466462  por Alan
 
Claro a mi tambien me parecio lo mismo, que no haya iniciado la pension antes, que raro...
 #466468  por EduardoM
 
Gracias por responder.
La clienta llego al estudio por otro caso, y menciono q era viuda pero al no estar casada legalmente pensaba q no se podia tramitar.
deberia haberlo comentado antes, vivieron en concubinato mas de 20 años, tienen una hija y en la partida de nacimiento figuran los datos de los dos. Para realizar el adp tiene partida de defuncion y certificado de nacimiento actualizado. Esto es suficiente para demostrar que tiene derecho a la pension?
 #466504  por andrea37
 
En la partida de defunción que domicilio figura? si corresponde con el de la mujer es una prueba importante, además te piden recibos de servicios donde conste el nombre de ambos. Tiene que acreditar dos años de convivencia anteriores al deceso. Tuve un caso de una viuda que convivió 50 años, en el mismo domicilio con su concubino, tiene un hijo de 43 y otro de 45, recibos de todo, luz gas tel a nombre de uno y otro tardaron casi dos años en resolverlo!! hicieron la ambiental y todos los conocían!! jaja pero tranqui, creo que eso pasa en Moreno solamente.