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  • Calculo haber previsional en régimen diferencial

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #465429  por j_cord
 
Estimados, necesitaría si pueden aclarame la siguiente duda:

Si una persona se jubila en un regimen especial por insalubridad (50 años de edad y 25 años de aporte según Dto. 2136/74- personal de perforación YPF), el calculo de la PC "...será equivalente al (1,5%) por cada año de servicio..., calculado sobre el promedio de remuneraciones sujetas a aportes y contribuciones actualizadas y percibidas durante el período de DIEZ (10) ..." segun la ley 24241. Si esto es correcto, siempre cobrará menos que un jubilado en el regimen ordinario. Por ejemplo, para un sueldo bruto promedio de $2000:
En 65 años de edad y 30 años de aporte, la PC=1.5%*30*$2000= $900
En 50 años de edad y 25 años de aporte, la PC=1.5%*25*$2000= $750
Mi pregunta es saber si esto es correcto.

Alguien podría decir que el jubilado con regimen especial es menor en 10 años a un jubilado en regimen ordinario, pero no debemos olvidarnos que el régimen (50/25) es justamente por el envejecimiento prematuro debido a las condiciones ambientales de trabajo. Además realiza un aporte diferencial para compensar los años de aportes.

Desde ya muchas gracias.
 #465536  por empedocles
 
La tarea no tiene ninguna importancia en la determinación del haber ya que se toman en cuenta las REMUNERACIONES.-
Solamente si tiene excedencia de servicios va a poder bonificar la PBU y las demás prestaciones, pero si se jubila a la edad justa del regimen, no no no
 #465648  por jarocho
 
empedocles escribió:La tarea no tiene ninguna importancia en la determinación del haber ya que se toman en cuenta las REMUNERACIONES.-
Solamente si tiene excedencia de servicios va a poder bonificar la PBU y las demás prestaciones, pero si se jubila a la edad justa del regimen, no no no
Todavia se estan bonificando los años que exceden los 30 obligatorios con el 1 % sobre PBU basica por cada año ?
Tengo entendido que desde febrero 2009 ya no hay mas bonificacion sobre excedente de 30 años.-
Agradezco a quien pueda clarificar