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  • PARTICION O DIVISION DE CONDOMINIO??

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 #463910  por draclau
 
Hola !!!!Como estan?? Los consulto porque me ha surgido una duda; estoy leyendo sobre el tema pero no me queda muy claro.
Sucesion terminada, heredan 2 hermanas y queda el conyuge superstite; una de las hermanas quiere que se venda el unico inmueble que integra el acervo debido a que el mismo esta en alquiler y este lo reciben su hermana y su padre y no la hacen participe en nada.Luego de intimar por CD, si no llega a haber acuerdo que corresponderia hacer la particion o pedir la division del condominio?? Mil gracias!!!
 #463927  por ricardito21
 
Tratándose de un solo inmueble, la partición lleva sin remedio a la venta del bien. Si se inscribe registralmente la declaratoria, quedarían tres condóminos y podría reclamarse la división del condominio. Si el principal trastorno es lo que mencionás del alquiler, los copropietarios que no se benefician con la renta pueden intimar a la que sí lo hace a pagarles el canon correspondiente.
 #463954  por draclau
 
Gracias ricardito21por responder!!! La DH ya se ha inscripto, de ahi mi duda...pido particion en el mismo expediente o inicio division de condominio???
 #463972  por SILVESTRE
 
si se inscribio la DH ya se modifico el asiento en el registro, por lo que corresponde la division de condominio que casa mas casa menos conducira a que alguno le compre la parte al otro con la preferencia que establece el Codigo o subasta y repartija o distribucion final.-
Si el unico problema es el del alquiler propicio la solucion del colega preopinante ricardito.- SILVESTRE
 #464030  por CARLOSPATRICIO
 
Es un tema muy interesante, hay quienes sostienen que al inscribir la declaratoria operaria una suerte de transformacion de la comunidad hereditaria en condominio.-
El tema encierra terribles implicancias practicas, por que si se sostiene que estamos frente a la comunidad hereditaria es competente el juez del sucesorio, si en cambio, estamos frente a un condominio es competente el juez del lugar donde esta la cosa, por ser la accion de division una accion real "locus rei sitae", que puede coi
Para mi la accion a ejercer es la de particion y ane el juez del sucesorio, por que los herederos se limitaron a inscribir la D H en el registro sin modificarla en nada, entonces, habria que poner fin a la comunidad hereditaria y esto se hace a travez de la particion. Dicha accion se entabla ante el juez del sucesorio, y como dijo un colega, como se trata de una casa, no va a quedar otra que sacarla a la venta.-
 #464392  por draclau
 
Hola!! Muchas gracias por responder. Es cierto, lo que opinan , estuve leyendo mucho al respecto y hay distintas posiciones doctrinarias; creo que me inclinare por la particion.En un caso anterior que tuve, se trataba de un inmueble muy importante que los padres habian donado a los hijos; fallecidos los padres, uno de los hijos interpuso demanda por division de condominio; no se como termino porque, me vi obligada a renunciar..., pero en este caso tratandose de un bien del acervo hereditario, creo que corresponderia la particion ante el juez del sucesorio.Gracias a todos por sus opiniones.