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 #462435  por Motley Crue
 
Estimados Amigos:

Tengo un cliente que se desempeña como ayudante clinico en un Hospital, el ha ido con la ambulancia a un domicilio a fin de atender a un paciente cuadriplegico , no lo vió muy bien y decidió llevarlo al Hospital, allí solicitó que le hagan un examen de laboratorio, y le informaron que quedaba internado. A partir de acá, mi cliente no intervino más. Para asignarle una cama estuvieron 18 horas, y luego 12 horas más para recibirlo en terapia intensiva. Finalmente el paciente falleció. La consulta es cual es hasta donde se extiende la responsabilidad del ayudante clínico? Qué consecuencias tiene que él estuviese trabajando con una ficha municipal prestada?
 #462952  por maremoto
 
Estimo que es responsabilidad del médico constatar su internación sino a quien le dejó el paciente? No entiendo lo de ficha municipal prestada, él está registrado en el turno correspondiente, firmó algo?
 #463053  por enzo fernando costa
 
La responsabilidad del clínico que concurre con la ambulancia alcanza hasta la depositación del enfermo en manos de la estructura del establecimiento, que por lo general es primero la Guardia, y luego una Sala. Ahora, parece que aquí ha habido una grave irregularidad administrativa, consistente en la suplantación del clínico titular por otro médico. Son esos enjuagues que hacen a veces los guardapolvos blancos, bajo la mirada tolerante -y responsable- de sus superiores jerárquicos.
De cualquier manera, con su conducta prudente tu cliente no ha incurrido en malapraxis. Sólo que el diablo metió la cola, y si hay reclamaciones, se va a descubrir el estofado. Consecuencia: baile administrativo (bien merecido, por otra parte).
 #463493  por enzo fernando costa
 
Al parecer, responsabilidad civil o penal por malapraxis, no. Eso, porque actuó con la prudencia del caso: vio que el paciente estaba descompensado, y lo asistió en la inmediata urgencia, trasladándolo al Hospital. Una vez allí, sigue la secuencia de entradas por Guardia y, a menos que él mismo estuviese designado a cargo del caso, transfiere el seguimiento a los médicos de planta. Partiendo de la base de que sea un médico diplomado y matriculado (quiero suponer), lo que pudo haber existido es una falta administrativa, que recaerá sobre el prestanombre en primer lugar, y sobre sus superiores en segundo lugar. Claro que, como en los establecimientos médicos rige la ley del gallinero, estos últimos seguramente zafarán, y dejarán en la estacada al primero.