Estimados colegas:
Me llegó hoy un caso especial. Una señora donó a su hija un inmueble. El tema es que la hija la llevó a la escribanía diciéndole que tenía que firmar, que era para cuando ella muriera. La donación tiene reserva de usufructo, se considera adelanto de herencia y podría revertirse ante la muerte del donatario. Busqué algún modo pero es imposible. Pregunta: ¿qué se puede hacer?
Gracias
Me llegó hoy un caso especial. Una señora donó a su hija un inmueble. El tema es que la hija la llevó a la escribanía diciéndole que tenía que firmar, que era para cuando ella muriera. La donación tiene reserva de usufructo, se considera adelanto de herencia y podría revertirse ante la muerte del donatario. Busqué algún modo pero es imposible. Pregunta: ¿qué se puede hacer?
Gracias
Fabian

