Hola a Todos! les consulto sobre el tema de que había leído en alguno de los post, que si solicitas un turno, y pasan 45 días (hábiles o corridos???) te liquidan desde la presentación y no desde la solicitud. Cómo es ésto? solicito quien me lo puede aclarar. Queda claro que el solicitante debe abonar las cuotas devengadas de la moratoria suscripta, hasta el efectivo día de la presentación del turno.
Gracias a Todos. Exitos por siempre.
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