Hola !! les comento el caso: una señora tiene 4 hijos y cobra la pensión del marido junto con ellos pero hay dos de los chicos que ya pasaron los 18 años y la parte de ellos la dejó de cobrar por que se la sacaron pero no acreció la pension de la señora, desde anses le dijeron que todos los hijos deben alcanzar la edad de 18 años para que se produzca el derecho de acrecer, pero los dos hijos menores les falta 6 años para llegar a la edad...
Según el articulo 98 de la Ley 24.241:
".... Si alguno de los derechohabientes perdiera el derecho a la percepción del beneficio. se recalculará el beneficio de los otros derechohabientes con exclusión de éste, de acuerdo a lo establecido en este inciso".
Entiendo que el beneficio se debe recalcular automáticamente no cuando todos los beneficiarios menores lleguen a los 18 años.??? conocen alguna normativa más específica al respecto???
Alguien que me pueda ayudar!!! Gracias

Según el articulo 98 de la Ley 24.241:
".... Si alguno de los derechohabientes perdiera el derecho a la percepción del beneficio. se recalculará el beneficio de los otros derechohabientes con exclusión de éste, de acuerdo a lo establecido en este inciso".
Entiendo que el beneficio se debe recalcular automáticamente no cuando todos los beneficiarios menores lleguen a los 18 años.??? conocen alguna normativa más específica al respecto???
Alguien que me pueda ayudar!!! Gracias
