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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #454106  por mariana
 
Hola foristas! me surge 1 duda. Hice sicam a 1 mujer de 61años y luego pedí turno en anses. Mi duda es: el exceso de edad (art 19) ¿donde debí cargarlo ? xq no lo encontré en los beneficios del sicam ¿se me pasó? y ahora debo anular el sicam????
 #454111  por chiqui79
 
no, quedate tranquila esta bien asi, el exceso de edad no se carga en ningun lado, luego lo calculan ellos. saludos.
 #454153  por mariana
 
gracias chiqui! estaba leyendo en 1 post q en el formulario 618 puedo solicitarlo en "observaciones"