Me consulta una persona que va a comprar un bien adquirido en subasta, se aprobó la subasta, se pago el precio y se ordeno la posesión pero esta ultima aún no fue efectivizada, por un tema de diferentes jurisdicciones.
Bien en el expte se prohibe efectuar cesión y no se puede hacer boleto porque el adquirente en subasta aún no tiene la posesión.
Ahora el adquirente en subasta me propone firmar un boleto y que mi consultante le abone el 80 %, dentro de las clausulas se explica perfectamente lo que surge del expte. Mi duda es que se estaria comprometiendo un bien cuya compra en subasta aún no esta perfeccionada, con lo cual luego no podría accionar por escrituración de ser necesario, verdad?
Entre otras cosas el bosquejo dice:
"Siendo que se depositó el saldo de precio de la subasta cumpliendo con lo normado por el art. 582 del C.P.C.C., según consta en el expediente conforme resolución (“Gral. San Martín, 1 de octubre de 2009.-••••Ello así, en los términos de los arts. 577 y 2351 del Código Civil, dése la posesión del inmueble de marras, a cuyo fín líbrese el mandamiento del caso... quedan pendientes de tramitación la posesión del lote mediante mandamiento judicial y la protocolización de las actuaciones pertinentes para la transferencia del dominio a nombre del adquirente en subasta" . En el expediente judicial se encuentra prohibida la cesión de boleto, por lo que será necesario como paso previo a la escritura a favor del comprador del presente boleto la protocolización mencionada a favor del sr. XXX. El comprador declara conocer el estado del expediente judicial precedentemente mencionado, por haberlo visto antes de ahora y haberse asesorado judicialmente sobre el mismo con la Dra XXXXX Tº Fº .-
CUARTA: ESCRITURA: La escritura traslativa del dominio a favor del comprador se efectuará en el tiempo procesal correspondiente simultáneamente con la protocolización de actuaciones a favor del sr Preysz, ante la escribana _________ con oficinas sitas en la calle__________ los gastos que demanda la misma serán a cargo del comprador incluyendo la cedula catastral, el impuesto a la transferencia de inmuebles como los gastos de la protocolización de actuaciones a cargo de la vendedora.
QUINTA: Posesión: el comprador entrará en posesión del inmueble en la fecha en que se diligencie el mandamiento judicial al efecto, en ese acto el oficial de justicia entregara la posesión a favor del vendedor por estar así dispuesto en el expediente judicial y en ese momento el vendedor entregará la posesión del mismo a favor del comprador.-------------------
SEXTA: Esta compraventa se realiza en base a títulos perfectos y libre de todo gravamen.
Bien en el expte se prohibe efectuar cesión y no se puede hacer boleto porque el adquirente en subasta aún no tiene la posesión.
Ahora el adquirente en subasta me propone firmar un boleto y que mi consultante le abone el 80 %, dentro de las clausulas se explica perfectamente lo que surge del expte. Mi duda es que se estaria comprometiendo un bien cuya compra en subasta aún no esta perfeccionada, con lo cual luego no podría accionar por escrituración de ser necesario, verdad?
Entre otras cosas el bosquejo dice:
"Siendo que se depositó el saldo de precio de la subasta cumpliendo con lo normado por el art. 582 del C.P.C.C., según consta en el expediente conforme resolución (“Gral. San Martín, 1 de octubre de 2009.-••••Ello así, en los términos de los arts. 577 y 2351 del Código Civil, dése la posesión del inmueble de marras, a cuyo fín líbrese el mandamiento del caso... quedan pendientes de tramitación la posesión del lote mediante mandamiento judicial y la protocolización de las actuaciones pertinentes para la transferencia del dominio a nombre del adquirente en subasta" . En el expediente judicial se encuentra prohibida la cesión de boleto, por lo que será necesario como paso previo a la escritura a favor del comprador del presente boleto la protocolización mencionada a favor del sr. XXX. El comprador declara conocer el estado del expediente judicial precedentemente mencionado, por haberlo visto antes de ahora y haberse asesorado judicialmente sobre el mismo con la Dra XXXXX Tº Fº .-
CUARTA: ESCRITURA: La escritura traslativa del dominio a favor del comprador se efectuará en el tiempo procesal correspondiente simultáneamente con la protocolización de actuaciones a favor del sr Preysz, ante la escribana _________ con oficinas sitas en la calle__________ los gastos que demanda la misma serán a cargo del comprador incluyendo la cedula catastral, el impuesto a la transferencia de inmuebles como los gastos de la protocolización de actuaciones a cargo de la vendedora.
QUINTA: Posesión: el comprador entrará en posesión del inmueble en la fecha en que se diligencie el mandamiento judicial al efecto, en ese acto el oficial de justicia entregara la posesión a favor del vendedor por estar así dispuesto en el expediente judicial y en ese momento el vendedor entregará la posesión del mismo a favor del comprador.-------------------
SEXTA: Esta compraventa se realiza en base a títulos perfectos y libre de todo gravamen.
