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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #452919  por noelin
 
EN UN JUCIO DE REAJUSTE, PEDI MEDIDA CAUTELAR DEL CASO CAPA. EL JUZGADO LA RECHAZA MOMENTANEAMENTE HASTA FEBRERO CUANDO TENGO LA AUDIENCIA DEL ART.360, PARA TRATAR TODO JUNTO. LA PREGUNTA ES: EL PLAZO PARA APELAR LA DENEGATORIA DE LA CAUTELAR ES DE 48 HORAS O 5 DIAS???? SE HACE SOLO PLANTEANDO EL RECURSO ODEBO FUNDARLA EN EL MISMO????
 #643162  por Aleucsa
 
pudiste soluionar el tema? estoy igual que vos...y no se que hacer, podras ayudarme? gracias!
 #644490  por andrea1982
 
Si planteas reposición con apelación en subisidio. El plazo de la resposición es de 3 días y es fundado, no hay que fundar la apelación.
Si planteas solo apelación, para mi, en la cautelares se otorga en relación, y sin efecto diferido
Se interpone dentro de los 5 días, y, en el caso de otorgarse en relación y sin efecto diferido se funda dentro de los 5 días.

No sé si está bien, es lo que a mi me parece :S

Saludos
Andrea
 #644522  por noelin
 
LO APELE HACE UN AÑO Y AUN NO SE RESOLVIO. YA EL JUICIO ESTA PARA SENTENCIA-