Hola gente les comento el caso: resulta que a mi clienta (locataria) se le vencio el contrato de locacion con fecha 31/10/09 y según conversasiones que venia manteniendo con el locador este le habia prometido renovarselo, pero en forma intempestiva unos dias antes del vencimiento del contrato le dice que no le renueva mas, asi que bueno, discución, peleas, etc. Mi clienta le dice que no se va a ir y que la desaloje. En esas condiciones me viene a ver y le propongo tratar de gestionar con el locador una prorroga por seis meses con convenio de desocupación. Me pongo en contacto con el locador le cuento la propuesta de mi clienta y le digo que se contacte con un abogado de su confianza para que me llame. Asi las cosas, me llama el abogado del locador y acordamos una prorroga de seis meses que estariamos firmando el martes y me manda por mail el texto. Resulta que me mando una contrato que titula "contato de locacion ley 23091" guarda las tipicas caracteristicas de un contrato de locacion, no hace referencia a ningun convenio de desocupacion, ni homologacion posible. Pero en una clausula dice que el presente es una prorroga del contrato de fecha xx, ya vencido.
Desde mi punto de vista creo que al locador le hubiera convenido firmar un convenio de desocupacion para que en el hipotetico caso de desalojo le resulte mas facil el lanzamiento, previa homologacion del mismo. Pero buen, a ver si estoy en lo correcto: la 23091 es de orden publico y fija un plazo minimo de locacion para viviendas, de 2 años, con lo cual si se fijaron seis meses automaticamente deberia entenderse que el plazo es de 2 años segun la ley.
Mi pregunta es si se firma un nuevo contrato donde se modifica el precio y se fija un plazo de locaciçon por seis meses, aunque se consigne que el mismo es una prorroga del anterior, como se deberia considerar? como uno nuevo o es valida la prorroga? Que pasa si mi clienta cuando vensan los seis meses no entrega el inmueble considerando que es un nuevo contrato y quiere darle cumplimiento por el termino de ley ?
Desde mi punto de vista creo que al locador le hubiera convenido firmar un convenio de desocupacion para que en el hipotetico caso de desalojo le resulte mas facil el lanzamiento, previa homologacion del mismo. Pero buen, a ver si estoy en lo correcto: la 23091 es de orden publico y fija un plazo minimo de locacion para viviendas, de 2 años, con lo cual si se fijaron seis meses automaticamente deberia entenderse que el plazo es de 2 años segun la ley.
Mi pregunta es si se firma un nuevo contrato donde se modifica el precio y se fija un plazo de locaciçon por seis meses, aunque se consigne que el mismo es una prorroga del anterior, como se deberia considerar? como uno nuevo o es valida la prorroga? Que pasa si mi clienta cuando vensan los seis meses no entrega el inmueble considerando que es un nuevo contrato y quiere darle cumplimiento por el termino de ley ?
