y si, es lo que tiene el sistema previsional.
Toda sentencia innovativa tiene eso, siempre nos hacen cambiar las demandas, ampliarlas y cambiar los textos, es importante el fallo del juez de grado y es muy cierto que al momento de dictar la sentencia no existia ELLIFF por lo solo podia otorgar la remuneracion, esto unido a que el abogado de la actora solo solicito badaro a esta persona que obtuvo el beneficio en el 2001.
Imaginense, estoy esperando que informen el NGR para este año asi planteo mejor la inconstitucionalidad de la 26417. En el modelo de demanda que he colgado en el post ya refiero a esta inconstitucionalidad pero necesito tener claro cual es el INGR en relacion al aumento que otorgo el anses en marzo y setiembre.
Desde badaro para aca, muchos fallos tomaron como valida esta movilidad (2002-2006) y beron la tomo para el periodo 2007 hasta 28/02/09. Yo sigo solicitando la inconstitucionalidad de la ley, solo falta calcular cual es la diferencia entre los aumentos otorgados y el INGR.
Por eso, en las futuras sentencias, el juez de primera instancia va a fallar en base de lo que obra en autos al momento de sentenciar, por ello no habla sobre las ACTUALIZACIONES DE LAS REMUNERACIONES porque en ese momento NO EXISTIA ELLIFF, pero el abogado del actor no solicito nada.
