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  • PENSION SIN INSC AUTONOMOS DEC 460/99 CASO ESPARZA

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #449664  por electtra14
 
Estimados colegas,

Tengo el siguiente caso: Datos:
*Hombre nacido el 07/04/1962 fallece el 04/07/2009 o sea a los 47 años, 2 meses y 27 dias.
*En el SIJIP figuran aportes por 8 años y 1 mes (discontinuados entre 1977 y 1998)
*Ultimo aporte en R.D. 12/1998.
*Jamas estuvo inscripto a autonomos.

La viuda me consulta por la pension. Estuve leyendo en varios foros el tema de la proporcionalidad y sobre el caso Esparza y creo que aqui se dan los supuestos, es asi?
"La resolución más reciente que he visto de la CARSS (N° 24.629/09 y 24.416/09) hablan del carácter excepcional de la teoría de la proporcionalidad. Además, la primera indica que para aplicar caso ESPARZA se deben cumplir dos condiciones: a) Causante menor de 48 años y b) que los servicios sean contemporáneos al desarrollo de la actividad en una cantidad tal que sea equivalente a 30 años de servicios en una vida laboral posible de cuarenta y siete años."
Entiendo que para saber cuantos años necesita para considerarlo regular tengo que hacer la siguiente cuenta: 30 x29 / 47= 18 años + 6 meses, esos son los años que necesitaria es asi????? El calculo lo hice de la siguiente manera:
Si un hombre necesita tener 65 años y 30 años de aportes para jubilarse, quiere decir que tuvo oportunidad de trabajar durante 47 años de su vida para conseguir los 30 años de aportes (65 - 18 que es la edad legal para trabajar = 47).
Si con 47 años de servicio, consigue 30 años de aporte, la persona que solo vivio 47 años (como es el caso del causante en cuestion), tuvo solo 29 años para conseguir los años de aportes (o sea 47 años de edad - 18 años).
Conclusion: si a 47 años de servicio le corresponden 30 años de aportes, cuanto le corresponden a 29 años de servicio? Regla de tres simple: 29 * 30 / 47 = 18 años + 6 meses. Eso es lo que me da segun la teoria de la proporcionalidad, es correcto? Por favor haganmelo saber.
Ahora bien, si estoy en lo cierto el necesita 18 años + 6 meses. Como en relacion de dependencia tiene 8 años + 1 mes, solo necesito 10 años + 5 meses. Tengo entendido (tambien por lo que lei en los foros) que a pesar de que la persona no estuvo jamas inscripta a autonomos puede comprar los años que le faltan por moratoria, y cuando ingresa el tramite hacerlo bajo insistencia. Se sabe que sale denegado y luego hay que recurrir ante la CARSS.
Mi gran duda es cuales son los periodos que debo comprar? De que años???? Y... alguien tiene algun modelo para cuando tenga que recurrir ante la CARSS.
Y obviamente sobre todo, esta encaminado mi razonamiento??
Millones de gracias

Laura
 #449808  por almabal
 
Tengo entendido que la proporcionalidad se aplica en casos de aportes efectivamente realizados, no comprados con moratoria. Esperá otras opiniones, pero hay otro post que habla de este tema. Buscalo.