Que tal se me creo una duda, voy por el actor en accidente, se nombro un perito médico y mecánico, la otra parte ofrecío consultores técnicos, los peritos han puesto fecha de realización de las pericias.
Entiendo esas fechas se notifican ministerio legis (como dice en el auto "Hagase Saber las fechas ..."), ahora bien es la demandada la que se debe preocupar para notificar a sus consultores, yo no tengo que notificar esas fechas (entiéndase librar cédulas) a la demandada, es así o me equivoco?
Gracias
Entiendo esas fechas se notifican ministerio legis (como dice en el auto "Hagase Saber las fechas ..."), ahora bien es la demandada la que se debe preocupar para notificar a sus consultores, yo no tengo que notificar esas fechas (entiéndase librar cédulas) a la demandada, es así o me equivoco?
Gracias
