Por supuesto que la compañia de seguros del vehiculo responsable del siniestro es el qu debe pagar los daños , tanto materiales como personales..para esto se presenta un reclamo, que es de naturaleza extrajudicial, por lo tanto el tema de haber renunciado de alguna manera a la accion penal (cosa que excede de la voluntad del damnificado ya que una vez hecho el sumario policial y acreditado el daño, se puede hacer igual)
El tema es asi: presentas el reclamo ante la compañia (el modelo generalmente te lo proporciona tu compañia de seguros)con los certificados medicos, en caso de daño personal, y la factura del taller o lo que sea, en caso de daño material...lo que hacen las compañias es puntuar el daño...vos pedis un monto indemnizatorio y ellos te contraofertan otro...y asi, hasta que llegan a un acuerdo, en cuyo caso la accion penal se cae; de no ser asi, se va a juicio...
Espero te sirva, cualquier duda consulta de nuevo..