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  • Los heredero puede reclamar pago de pension de su madre

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #445228  por juancagomez
 
El tema es el siguiente, viene una cliente a mi estudio y me plantea el siguiente interrogante "¿Puedo solicitar se me pague a mí la pensión gestionada por mi madre, la cual falleció un dia antes de pasar a cobrar retroactivamente el beneficio?"
Es decir que la Sra. fallecida inicia los tramites de la pensión y un dia antes de pasar a cobrar retroactivamente la misma (la pension) fallece. La hija quiere saber si puede ella siendo declarda unica heredera cobrar ese monto que le correspondia cobrar a su madre, siendo ella su unica heredera.-
Les agradeceria que me evacuran esa duda ya que no hago previsional....., desde ya muchisimas gracias!!!
 #445279  por chiqui79
 
si lo puede hacer, tenes que hacer oficio a anses para que deposite ese retroactivo en el sucesorio, tene presente que el anses te pide el oficio con copia de partida de defuncion para acreditar el fallecimiento. Lo deposita en autos (primero hace la apertura de cuenta y notificas el numero), una vez que esta depositado pedis la extraccion por la heredera.
 #445679  por juancagomez
 
chiqui79 GRACIAS POR TU AYUDA.
TE HAGO OTRA CONSULTA PORQUE VEO QUE MANEJAS MUY BIEN ÉSTE TEMA. ¿ QUE PASARIA SI LA HIJA NO ABRIÓ LA SUCESION DE LA MADRE, EXISTE ALGUNA POSIBILIDAD DE PRESENTARSE EN LA ANSES Y COBRAR ACREDITANDO EL VINCULO?
 #445701  por chiqui79
 
sin sucesion tengo entendido que anses no paga aunque se acredite vinculo.
no existe plazo, calculo que tampoco podras estar 10 años sin reclamar porque prescribe pero no hay un plazo taxativo. Es un bien de la fallecida y corresponde su incorporacion al sucesorio.
 #449252  por markello
 
si hay una resolución donde se otorga la pension mas un retroactivo producto los meses devengados desde el momento de la petición del beneficio, CORRESPONDE solicitar al juzgado del sucesorio libre oficio ordenando al Anses la remision del haber liquidado y el monto del total del retroactivo.
Hay que notificar al Anses dentro de los 2 años.
Slds
 #563015  por apoderado
 
Hola: les consulto lo siguiente:
Libre oficio a Anses para que deposite en Autos la suma correspondiente a la causante, para que sea cobrada por el heredero. El oficio esta firmado por el secretario, con copia del testimonio y de la partida de defuncion, esto hace ya dos meses.

La pregunta: ¿Anses abre la cuenta y deposita o tengo que abrirla yo y notificar a Anses del numero de cuenta? Es en Mar del Plata.

Gracias.
 #563232  por fabidoc
 
Como te dice chiqui más arriba. Tenés que solicitar la apertura de cuenta para poder notificarsela luego al Anses.
La res.1178/02 es la que regula el cobro de haberes devengados y no percibidos y conviene evaluar, por el monto, si es aconsejable cobrar ese monto ($1600) o iniciar sucesión ya que ésta también acarrea gastos.- Saludos
 #563442  por apoderado
 
Gracias Fabidoc, la sucesion tiene la declaratoria dictada, le notifique a Anses para que deposite en cuenta de autos. Crei que ellos abrian cuenta y depositaban. Es mas pedi oficio reiteratorio. Bueno solicitare la apertura de cuenta y notificare a Anses su numero para que deposite.

Saludos