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  • VENTA DE INMUEBLE GANANCIAL, UN CONYUGE FALLECIDO Y 4 HIJOS.

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 #444740  por laura698
 
Hola! Me consultaron sobre este tema y me surgieron dudas... Se trata de inmueble ganancial, uno de los conyuges fallecio hace ya varios años y hay 4 hijos vivos y 1 fallecido. En la casa viven uno de los hijos con su pareja y los hijos de la pareja (2) y el conyuge sobreviviente, este ultimo tiene intencion de vender la casa...
1) Estoy en lo correcto si digo q le corresponde la parte del hijo fallecido?
2) Para venderla necesita el consentimiento de los 4 hijos? o puede venderla, y luego repartir el dinero q le corresponderia a cada hijo?
3) En caso de q el hijo q vive en la casa se niegue, hay algo q se pueda hacer?
Gracias!!!
 #444844  por msal
 
laura698 escribió:Hola! Me consultaron sobre este tema y me surgieron dudas... Se trata de inmueble ganancial, uno de los conyuges fallecio hace ya varios años y hay 4 hijos vivos y 1 fallecido. En la casa viven uno de los hijos con su pareja y los hijos de la pareja (2) y el conyuge sobreviviente, este ultimo tiene intencion de vender la casa...
1) Estoy en lo correcto si digo q le corresponde la parte del hijo fallecido?
2) Para venderla necesita el consentimiento de los 4 hijos? o puede venderla, y luego repartir el dinero q le corresponderia a cada hijo?
3) En caso de q el hijo q vive en la casa se niegue, hay algo q se pueda hacer?
Gracias!!!
Como primera medida, me parece que tenes que iniciar la sucesión del conyuge, ya que el titulo de propiedad se completa con el testimonio del sucesorio del conyuge fallecido, en el que se declara quienes son sus herederos.
Tenes que ver si el hijo del causante falleció antes o despues que este, para saber si él lo heredó, o si en su defecto, sus hijos (nietos del causante) heredan por representación de su padre pre-muerto.
En cualqueir caso, el bien se divide en 50% para la conyuge y el otro 50% para los hijos del causante. Si el hijo pre falleció, los nietos heredan por estirpe, es decir lo mismo que huibiese heredado el padre pre- muerto. En cambio, si el hijo falleció despues que el padre, y no tuvo hijos, su parte le corresponde a la madre. En ese caso la madre recibiría su parte más el porcentaje que le hubiese correspondido a su hijo fallecido.
En cuanto a la venta, no creo que puedas venderla sin realizar la sucesión, ya que el escribano tendría que pedir el titulo de propiedad, que como ya te dije anteriormente, el mismo se compone de la escritura más el testimonio de la DH debidamente inscripto.
Si el hijo que habita la casa no se quiere ir, podes empezar exigiendole que pague un alquiler al resto de los herederos (todos son de pleno derecho, así que esto lo podrías intentar incluso antes de comenzar la sucesión)
Esto es a mi modo de ver, lo que habría que hacer en tu caso. No obstante, esperá que alguien más opine por las dudas que esté errado, o que haya alguna otra solución mas conveniente.
Saludos y exitos
 #444890  por martinhm77
 
Hola como andan. Totalmente de acuerdo con el colega, para vender hay que hacer la sucesion del cónyuge fallecido y luego tener el consentimiento de todos los herederos.-
Hecha la sucesión si alguno se opone supongo que hay que pedir la venta judicial del bien... o la otra fijar un canon al que ocupa, como ya dijeron.-
Por lo que se desprende de tu consulta el hijo fallecido parece que no tiene hijos, en ese caso tambien coincido con msal, su parte la heredan los padres
Suerte