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  • No se notificó: Cómo sigo?

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 #444207  por dralucigonza
 
Hola amigos. Les cuento, tengo una demanda por consignación en alquiler, (voy por la actora pcia. bs.as.) como podrán notar es una de mis primeras demandas. Resulta que me ordenaron el traslado, confeccioné la cédula y puse la dirección que figura en el contrato de alquiler donde se "harán efectivas las notificaciones". El notificador informa que se presentó en 2 oportunidades pero que nadie respondió por lo tanto no se pudo notificar. Yo sospecho que el demandado intenta no notificarse (por lo que me comentó mi cliente). Ahora tengo en mis manos la cédula y la copia de la demanda. Cómo puedo hacer para que se notifique?, estoy segura que esa es la dirección. Qué tendría que pedir? Que se libre otra cédula bajo responsabilidad? es asi?
Disculpen las preguntas, pero no tengo experiencia.
Saludos.
 #444208  por sole10
 
En estos casos,lo que suelo hacer,es pedir se libre oficio a la Comisaría que le corresponde al domicilio a notificar para que,personal de calle se apersone y proceda a verificar si el demandado.....reside efectivamente allí;en su caso,recabe ésta información entre sus vecinos.
Hasta ahora nunca me falló y,despues de obtener dicho informe,notificás bajo responsabilidad.
 #444210  por dralucigonza
 
Hola Sole10 muchas gracias por la respuesta. No sabía que podía pedir eso. Entonces presento un escrito solicitando al juez que ordene a la comisaría de la zona, al personal de calle, que verifique que esta persona vive en dicho domicilio, es así? entendí bien? :roll:
 #444216  por sole10
 
dralucigonza escribió:Hola Sole10 muchas gracias por la respuesta. No sabía que podía pedir eso. Entonces presento un escrito solicitando al juez que ordene a la comisaría de la zona, al personal de calle, que verifique que esta persona vive en dicho domicilio, es así? entendí bien? :roll:
Entendiste perfectamente;además,cuando concurre la policia,a todos se les refresca la memoria (los vecinos digo,que cuando concurre el Oficial Notificador,nunca saben nada).Suerte.
 #444221  por inviguiatti
 
sole10 escribió:
dralucigonza escribió:Hola Sole10 muchas gracias por la respuesta. No sabía que podía pedir eso. Entonces presento un escrito solicitando al juez que ordene a la comisaría de la zona, al personal de calle, que verifique que esta persona vive en dicho domicilio, es así? entendí bien? :roll:
Entendiste perfectamente;además,cuando concurre la policia,a todos se les refresca la memoria (los vecinos digo,que cuando concurre el Oficial Notificador,nunca saben nada).Suerte.
Es muy bueno ese dato sole, y ya que estoy una pregunta ¿El oficial tiene que ir e intentar un par de veces notificarlo y despues si, le mandas el oficio?, lo pregunto mas que nada para saber si los jueces no se ponen un poco reacios a darte la medida. Saludos
 #444226  por sole10
 
Estimado inviguiatti:normalmente el notificador concurre tres veces al domicilio,pero sucede que lo ven y no le abren ni le dan información.
Cuando éste devuelve la cédula informada,automáticamente pido ese oficio y,hasta ahora,nunca me lo denegaron.
 #444236  por sole10
 
inviguiatti escribió:Muchas gracias sole10, despejada 100% mi inquietud.
saludos
De nada y saludos también.
 #451368  por dralucigonza
 
Hola amigos. Hola sole10.
Les cuento, solicité se libre oficio a la comisaría y el JUEZ ME RECHAZO LA SOLICITUD, argumentando que "si las medidas solicitadas fueron llevadas a cabo por el oficial notificador, lo que surge de su informe, no corresponde proveer a lo requerido".
¿¿¿¿¿y ahora como hago que se notifique???? Solicito se notifique bajo responsabilidad de la parte?, Me sirve que en el contrato de alquiler dice en un punto: ...domicilio donde serán válidas todas las notificaciones tanto judiciales como extrajudiciales? qué les parece??
Ayuda porfa :oops:
 #451387  por sole10
 
dralucigonza escribió:Hola amigos. Hola sole10.
Les cuento, solicité se libre oficio a la comisaría y el JUEZ ME RECHAZO LA SOLICITUD, argumentando que "si las medidas solicitadas fueron llevadas a cabo por el oficial notificador, lo que surge de su informe, no corresponde proveer a lo requerido".
¿¿¿¿¿y ahora como hago que se notifique???? Solicito se notifique bajo responsabilidad de la parte?, Me sirve que en el contrato de alquiler dice en un punto: ...domicilio donde serán válidas todas las notificaciones tanto judiciales como extrajudiciales? qué les parece??
Ayuda porfa :oops:
Intentá notificar bajo responsabilidad argumentando los domicilios consignados en el contrato.
En subsidio pedí otras formas de localizar al/los demandados:Oficio a la Cámara Electoral para que informen último domicilio denunciado a los fines de emitir el sufragio y;si se siguen negando,interponé un recurso de reposición con apelación en subsidio,ya que las negativas por parte del juzgado a que te provean las medidas necesarias a fin de poder notificar fehacientemente a los demandados,les está produciendo un perjuicio que no podrá ser reparado en sentencia posterior.
¿En dónde tramita el juicio?
 #451395  por jovenabogado
 
dralucigonza escribió:Hola amigos. Hola sole10.
Les cuento, solicité se libre oficio a la comisaría y el JUEZ ME RECHAZO LA SOLICITUD, argumentando que "si las medidas solicitadas fueron llevadas a cabo por el oficial notificador, lo que surge de su informe, no corresponde proveer a lo requerido".
¿¿¿¿¿y ahora como hago que se notifique???? Solicito se notifique bajo responsabilidad de la parte?, Me sirve que en el contrato de alquiler dice en un punto: ...domicilio donde serán válidas todas las notificaciones tanto judiciales como extrajudiciales? qué les parece??
Ayuda porfa :oops:
Hola dralucigonza siguiendo al codigo lo cual establece; si el notificador no encuentra a la persona a quien va a notificar, tiene q entregar a otra persona de la casa, dpto u oficina, o el encargado del edificio, y procedera en la forma dispuesta por el art. 140 cpcc. SI NO PUDIERE ENTREGARLO, LO FIJARA EN LA PUERTA DE ACCESO CORRESPONDIENTE A ESOS LUGARES art.141

Y por ultimo mi opinion, si hubo contrato de locacion seguro q habran puesto una clausula q dira algo similar a: "Para todos los efectos legales los firmantes constituyen los siguientes domicilios especiales, en los que serán validas todas las notificaciones y diligencias que se practiquen, aunque los interesados no vivan o no se encuentren en ellos"
saludos!
 #495890  por gaston ramiro gonzalez
 
Hola a todos. Refloto el tema para sacarme agunas dudas, ya que el tema de la notificación por cédula me las sigue generando ( una vergüenza a esta altura !):
1) Según el 141 del CPCCN." cuando el notificador no encontrare a la persona (...), entregará el instrumento a otra persona de la casa "( se entiende que es requisito que éste diga que la persona vive allí, no ? ) Qué pasa si luego el demandado pide nulidad alegando que NO vive en ese lugar ?. Y si es el portero del edificio quien emite tal aseveración ?
2)El mismo artículo, in fine, establece que si no pudiere entregarlo, lo fijará en la puerta de acceso, etc.
Si es un edificio de P.H también ?
Cuál es el perjuicio eventual de tal proceder para el actor ? Esta posibilidad no hace innecesario pedir bajo responsabilidad ?
Por último : La notificación a un domicilio comunicado por la Cámara Electoral ( a través del oficio pertinente )tiene el mismo efecto que bajo responsabilidad ?
Perdón por tantas preguntas. Si alguien responde alguna, agradecidísimo. Un abrazo para todos.
 #496001  por Romina34
 
Yo te recomiendo lo que hice en un pedido de quiebra donde no podía notificar al deudor por ningún medio, mencioné en el exte. que me presente en el domicilio y que consuté con los vecinos si fulanito de tal vivía allí, proporcioné datos de su concubina (nombre y apellido) y di el nro de tel, por lo que pedi a VS se libre mandamiento de constatación de domicilio, pidiendo se me autorice a acompañar al oficial para el diligenciamiento del mismo, como así también para que este pregunté al encargado del edificio (esta persona vivía en un edificio), como al administrador del consorcio y presidente del mismo si el fulanito vivía allí. COnclusión, cuando le toco el timbre el oficial y manifestó a lo que venía, inmediatamente se presentó y confirmó su domicilio y se notificó del pedido de quiebra.
Espero sirva el dato.
Saludos,
 #496016  por gaston ramiro gonzalez
 
Te agradezco la respuesta y el consejo. De todas formas, las preguntas que hice no se refieren a un caso concreto que tenga que resolver, sino que son más bien teóricas y que se nos pueden presentar ( de hecho, varias se me presentaron )en el ejercicio profesional. Y convengamos que sirve tenerlas claras para ambas circunstancias ( por el actor y por el demandado ), como todo en el derecho. Porque a veces necesitamos notificar, y otras, tratar de que la notificación de la otra parte se demore un poco. O no ? Espero no generar con esto un debate sobre la ética en la profesión, ja, ja, ja. Un saludo cordial.