El propietario de un inmueble otorga poder especial a una persona por medio de escritura pública para que otorgue la escritura traslativa de dominio al comprador del inmueble.Luego el propietario del inmueble revoca el poder otorgado pero lo hace mediante carta documento, ¿es correcto eso o tiene que hacerlo también mediante escritura publica?
JV
JV
¿Será Justicia?
