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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #441918  por d_lorenti
 
Foristas, por primera vez en año me rechazaron un tramite. Paso a contarles los motivos del rechazo, y que fue lo que presente en su momento y además les pego la carta que tengo pensado presentar.

Al señor le rechazan el beneficio, porque no le computan una serie de aportes en RRDD que realizo de jovenes, de los cuales se presento Certificacion de Servicios. Y además me cambiaron la utilización del art.3 de la 24476 y usaron arbitrariamente el 38, lo cual no sería tan preocupante, sino lo hubieran hecho calculando mal las fechas.

Yo voy a presentar esta nota ante la CARS a ver que opinan, espero consejos porque la verdad por suerte o por desgracia es mi primera vez con una jubilacion rechazada.

INTERPONGO RECURSO DE REVISION ANTE LA CARSS



Al Sr.
Gerente de UDAI …………….
Administración Nac. de la Seg. Social

Yo XXXXXXXX, D.U.XXXXXXXX, en mi carácter de titular de la solicitud de Jubilación Ordinaria, fijando domicilio procesal y especial en calle XXXXXXXX,XXXXXXXX, XXXXXXX respetuosamente digo:


1. Objeto: Vengo por la presente en legal tiempo y forma a interponer Recurso de Revisión ante la Comisión Administrativa de Revisión de la Seguridad Social, en contra de la Resolución nº RGB-B XXXX del 22/09/2009, dictada por Area Gestión De Beneficios, ANSES UDAI QUILMES, firmada por Horacio Monzón (JEFE UDAI QUILMES) y Acosta Ana Clara (SUPERVISORA UDAI QUILMES), notificada el y registrada en dicha UDAI en el libro de Protocolo bajo TOMO XX Folio XXX; por medio de la cual desestima el derecho de mi mandante al beneficio Jubilación Ordinaria (PBU-PC-PAP MORATORIA LEY 24476.)

2. Hechos:
En fecha 22/01 /2008 , he iniciado tramite de Jubilación Ordinaria (PBU-PC-PAP MORATORIA LEY 24476), ante la ANSES presentando en dicha oportunidad toda la documentación requerida, a efectos de acreditar los recaudos exigidos por ley, para la obtención del beneficio solicitado.
En fecha 22/09/2009, por la resolución aquí impugnada, ANSES UDAI QUILMES resuelve desestimar el beneficio solicitado en base al no cumplimiento del art. 19, 3º párrafo y art. 38 de la ley 24.24.
Así, queda expedita la vía procesal, para interponer el recurso aquí intentado.

3. Resolución Denegatoria: de Anses de fecha 22/09/2009, Resolución Nº RGB-B XXXX Registrada en el libro de protocolos de resoluciones de la UDAI QUILMES.-

3.1. Error en la resolución:
La resolución aquí recurrida, debe ser revocada, desde que la misma, no contempla periodos de aportes realizados en tiempo y forma por los empleadores donde he realizado tareas laborales, y además se encuentra un error en la utilización del art. 3 ley 24.476 y el no requerimiento del uso del art. 38 ley 24.241. Paso a detallar:
- no fueron contemplados los siguientes aportes en Relación de Dependencia, los cuales se acreditaron con presentación de Certificación de Tareas y Servicios:
Periodos no contemplados:
09/08/1955 al 09/02/1956 (Ferrocarriles Argentinos) ( 6 meses)
11/03/1957 al 30/04/1959 (La Plata ….) (2 años, 1 mes y 18 días)
02/02/1970 al 31/08/1973 (SANECAR S.A.C.I.F.I.A.) (3 años, 6 meses y 29 días)

- se contemplo en la solicitud la utilización del art. 38 de la ley 24.241 la cual se aplico para los periodos del 24/02/1959 al 30/04/1960, lo cual no fue solicitado, y modificando de manera arbitraria la utilización del art. 3 ley 24.476 presentado en el SICAM nº 758222 del 01/12/2007, en el cual se aplicaba dicho art. Para los periodos: del 10/1974 al 08/1980 (5 años y 11 meses) y del 09/1980 al 03/1984 (1 año y 1 mes), pero en la resolución denegatoria dice haberse aplicado los siguientes periodos: del 01/10/1974 al 30/08/1980 (lo cual es correcto, pero dan la suma de 5 años y 1 mes, lo cual claramente no es así) y además se aplico desde el 01/04/1984 al 30/04/1984 (solamente 1 mes).


4. Prueba: De las constancias de autos, surge en evidencia el derecho que me asiste.

5. Petitorio: Por lo anteriormente expuesto solicito:
5.1. Que se tenga por interpuesto en tiempo y forma Recurso de Reconsideracion ante la Comisión Administrativa de Revisión de la Seguridad Social.
5.2. Que se tenga por constituido domicilio procesal y especial a todos los efectos legales.-
5.3. Que se Revoque por contrario imperio la resolución impugnada
5.4. Que se otorgue el Beneficio de jubilación Ordinaria correspondiente en base a la documentación presentada.

PROVEER EN CONFORMIDAD.

XXXXX DNI XXXXX
Firma


Bueno espero consejos y pido ayuda de que manera lo debo presentar y en donde exactamente.
Saludos Diego
 #442267  por Mar001
 
Hola.
Sin conocer el fondo del asunto me parece correcta tu presentación. Si bien podrías presentar recurso de revisión ante la misma UDAI es dificil q cambien el contenido de una resolución por lo que yo siempre apelé a la CARSS y la verdad que trabajan correctamente y no vas a tener problemas. El recurso ante la CARSS se presenta en la UDAI que te denegó el benenfico. El útlimo que presenté yo fue sin turno nose si ahora se pide por web. Mas allá de que manden el expediente a la CARSS yo siempre adjunté copia del cómputo y la documental que acreditaba mi reclamo. El teléfomo de la CARSS es 4015-9174/9446/9251
Saludos.