Buenas tardes colegas!. trataré de ser lo mas clara posible. el tema es el sig y es el primer caso que hago de este tipo. soy relativamente nueva en el ejercicio de la profesión. el tema es éste: [b][b]los cónyugues A y B ceden en el 2008 acciones y derechos posesorios sobre un lote que poseen hace mas de 20 años en forma pública y pacífica según consta en dicho boleto, a favor de C. Dicho boleto esta acompañado por una escritura pública que transcribe el contenido del mismo y certifica las firmas de cedentes y cesionario.[/b] . ahora C quiere cederle los mismos a D (MI CLIENTE). Tengo que redactar el boleto de cesion de derechos y acciones posesorios. alguna recomendación???, los mando luego de la firma del mismo a certificar por un escribano, y que transcriba este nuevo boleto como hicieron con el anterior??. puede mi cliente D iniciar de inmediato la usucapión?? entiendo que se suman las posesiones y que si.... obviamente debería probar la posesión de los anteriores. de que modo se les ocurre??? le dije a mi cliente que alambrara el lote, pidiera servicios a su nombre y empezara a pagar impuestos, ademas quiere empezar a construir su vivienda. Estoy encaminada?? alguna sugerencia, ayuda??? Hago el boleto de cesión, los mando a la escribania y una vez q tenga serv a su nombre, impuestos, mejoras, etc, inicio la usucapión a su favor?????. Mil gracias a quien me oriente... Natalia.- [/b]
