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 #437203  por bauwerk
 
Colegas el derecho se construye pensando......a ver si alguien piensa conmigo:

Sucesión varios bienes.
Dos hered.: Uno (sobrino joven) adultera firma del otro para darlo por notificado de auto regulatorio y pedir insc.de DH....y luego vender por tracto con poder ?? que el "otro" digamos el incauto (83 años!!) le habría otorgado veinte años atrás.
Cuando le cae la ficha me consulta y estoy viendo qué hacer para recuperar este 50%...
Me presento en la suc.y denuncio la falsedad de la firma ....? si cae esta notificación todos los pasos posteriores también, por ende el auto que ordenó la inscrpción de la DH....y la venta??
Plazos de prescripción?? 2 años....esto fue en 2005...pero toma conocimiento ahora...
Ufff.....
Para ser práctico pensé notificar al abogado que suscribió ese escrito apócrifo a ver si extrajudicialmente se puede negociar pero lo veo difícil...pasó bastante tiempo.
Gracias por tomarse el tiempo de leer y contestar.
 #440052  por lis1468
 
Sí, presentale una impugnación a la DH y pedí pericia caligráfica, aprovecharse de un anciano!! Un ladri!!!!!
 #440288  por documentologia
 
si tenes fotocopias de la documentacion assorate con un perito caligrafo de confianza que tengas para ver si realmente se falsifico esa firma antes de iniciar alguna accion, total si te da afirmativo, lo podes nombrar como perito de parte asi te asesora en la redaccion de puntos de pericia (pensa que lo que no se pregunta el perito no lo responde) y hace la percia con el perito de oficio.
saludos
 #440308  por sole10
 
Pero si el "incauto"había otorgado poder hace 20 años y no lo revocó,no se si caería la venta.
Por lo que leí,su firma fue adulterada para notificarlo de la regulación de honorarios e inscripción de DH (de la cual no fue excluido),perdoname,lo veo dificil (la nulidad,digo).
Si otorgó mandato para vender y el apoderado no lo anotició de la venta,debería pedirle una rendición de cuentas y,eventualmente,los daños y perjuicios de lo que ha dejado de percibir por la conducta negligente del apoderado.
 #441757  por Caronte2278
 
Tengo un problema similar y todavia no me cerro. Si planteas la inexistencia. Ahí no tenes plazos. Si vas por patrocinio y tu cliente dice que no firmó, y fira tu escrito no entiendo porque tenes que tomar tantas medidas por las dudas de que te mienta tu cliente
 #441771  por bauwerk
 
Caronte no te entiendo bien....podrías ampliar un poco? Gracias
 #441779  por Caronte2278
 
Te decia que para plantear la nulidad tebes 5 dias de conocido el acto viciado.-
Sin ebargo un acto inexistente, como es el que tiene la firma falsa no tiene plazo
 #442377  por bauwerk
 
OK OK gracias, si es así. Según avanzo con el análisis del asunto, como no hay fuero de atracción tal vez me convenga no plantear nada en la sucesión,dejar el vicio como está y apuntar a reclamar los daños y ps.por inejecución del mandato.... Encontré además que las escrituras de venta que siguieron al auto de inscripción de la DH se hicieron SIN ASENTIMIENTO CONYUGAL del 1277...qué tal el escribano?