Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • AYUDA: TEMA SICAM I Y SICAM II

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #441624  por maricar12
 
Hola Foristas: Leyendo los últimos post advierto que al rehacer un SICAM rechazado porque no le reconocieron años en relaciòn de dep lo hice en el SICAM I y no como AMPLIACION DE PERIODOS, pero allì no termina la cosa, pues el plan primitivo no lo hice yo, por lo que agradecerìa un montòn que me informaran la resoluciòn de ANSES por la que deberìan aceptar el sicam de todas formas a los efectos de apelar en el caso de que lo rechacen. Còmo aún no envié el nuevo plan pido urgente consejo antes de presentarlo y en todo caso còmo puedo averiguar cuàl era su situaciòn original. Nunca me pasó aunque no hice muchos y no quiero quedar mal yo tambièn. De paso, les pido si pueden mirar mi SICAM Corregido:
Hombre nacido en mayo 1937: con lo que modifiquè me quedò así (tiene algunos pagos a partir de 1967)
06/1955 a 10/1967 Cod. Activ. 604
11/1967 a 01/1999 Cod. Activ. 703
02/1999 a 06/2004 MONOTRIBUTISTA (FECHA DE CESE 06/2004)

APLICO EL BENEFICIO DEL ART. 3 DE 07/1991 A 06/1993

Prescribo algunos de los perìodos impagos por la Ley 14236 hasta 01/1999 y Art 1 desde 03/2001 a 12/2002 y de 03/2003 a 06/2004 y aplicando el exceso de edad me quedò:
29 años y 2 meses de servicio y 27 años y 2 meses de aporte. Creo que me sobran ahora 4 meses. Me gustarìa me brinden esta ayuda, xq ahora me siento insegura.Gracias..... *leo*
 #441710  por MARIO1943
 
maricar12 escribió:Hola Foristas: Leyendo los últimos post advierto que al rehacer un SICAM rechazado porque no le reconocieron años en relaciòn de dep lo hice en el SICAM I y no como AMPLIACION DE PERIODOS, pero allì no termina la cosa, pues el plan primitivo no lo hice yo, por lo que agradecerìa un montòn que me informaran la resoluciòn de ANSES por la que deberìan aceptar el sicam de todas formas a los efectos de apelar en el caso de que lo rechacen. Còmo aún no envié el nuevo plan pido urgente consejo antes de presentarlo y en todo caso còmo puedo averiguar cuàl era su situaciòn original. Nunca me pasó aunque no hice muchos y no quiero quedar mal yo tambièn. De paso, les pido si pueden mirar mi SICAM Corregido:
Hombre nacido en mayo 1937: con lo que modifiquè me quedò así (tiene algunos pagos a partir de 1967)
06/1955 a 10/1967 Cod. Activ. 604
11/1967 a 01/1999 Cod. Activ. 703
02/1999 a 06/2004 MONOTRIBUTISTA (FECHA DE CESE 06/2004)

APLICO EL BENEFICIO DEL ART. 3 DE 07/1991 A 06/1993

Prescribo algunos de los perìodos impagos por la Ley 14236 hasta 01/1999 y Art 1 desde 03/2001 a 12/2002 y de 03/2003 a 06/2004 y aplicando el exceso de edad me quedò:
29 años y 2 meses de servicio y 27 años y 2 meses de aporte. Creo que me sobran ahora 4 meses. Me gustarìa me brinden esta ayuda, xq ahora me siento insegura.Gracias..... *leo*
NO PRESCRIBAS RENUNCIAS TODOS LOS PERIODOS CON ART, 1 LEY 25321, ASI PODE APLICAR CESE FICTO, Y QUE VOS APLICASTES EL CESE AL AÑO 2004, EL CESE FICTO EL EL ULTIMO PERIODO PAGO Y DE ESTA FORMA VAS A TENER MAS AÑOS DE DD-JJ- EN LUGAR DE 2 AÑOS QUE PUSISTES
 #442171  por maricar12
 
Gracias Mario por el consejo. Este caso es asì: último pago en enero de 2003 como MT. Ahora como hago para modificar el cese de junio que figura en AFIP y còmo hago para aplicar el CESE FICTO? lo modifico en la situaciòn de revista? asì me ganarìa un año, pero te repito la pregunta original a ver si me podés ayudar.. lo abro en dos SICAM o me tiro a la pileta y hago todas las modificaciones en el SICAM I?
Gracias nuevamente...
 #442357  por MARIO1943
 
maricar12 escribió:Gracias Mario por el consejo. Este caso es asì: último pago en enero de 2003 como MT. Ahora como hago para modificar el cese de junio que figura en AFIP y còmo hago para aplicar el CESE FICTO? lo modifico en la situaciòn de revista? asì me ganarìa un año, pero te repito la pregunta original a ver si me podés ayudar.. lo abro en dos SICAM o me tiro a la pileta y hago todas las modificaciones en el SICAM I?
Gracias nuevamente...
EN LA SIT. DE REVISTA NO TENES QUE MODIFICAR NADA, SI EN BENEFICIOS AL APLICAR ART. 1 DE LA LEY 25321, EEL CESE DE JUNIO LO RENUNCIAS JUNTO CON TODOS LOS PERIODOS IMPAGOS
SI EL ULTIMO PAGO ES DEL AÑO 2003 LE CORRESPONDE 3 AÑOS Y AHI TENES EL CESE FICTO
DESPUES DE HABER RENUNCIADOS LOS PERIODOS IMPAGOS ANTERIORES
HACE SICAM 1 Y 2 COMO CORRESPONDE PORQUE EN ALGUNAS UDAI NO LO ACEPTAN TODO EN SICAM 1
 #446800  por Lawyersol
 
hola!! Mario y Gente del Portal!!

Pero no me queda claro: si aplico el Art. 1 Ley 25321, no tengo el problema de que no se compute como año con aportes ? (ya que es solo al efecto de años “que excedieren o hubieren sido simultáneos”.

Porque entonces no usar la ley 14236, para prescribir lo adeudado? Y que por otro lado se reconozcan eso años, para llegar a los 30 años exigidos y con una deuda menor.

Por favor quisiera una orientación.
Desde ya muchísimas gracias!
Sol



LEY 25321
BUENOS AIRES, 13 de Septiembre de 2000
JUBILACIONES-APORTES PREVISIONALES-APORTES DE TRABAJADORES AUTONOMOS-TRABAJADOR AUTONOMO-DEUDA PREVISIONAL
ARTICULO 1º — Los trabajadores que completen los años de servicios y los aportes requeridos para acceder al beneficio jubilatorio de acuerdo a las leyes correspondientes, podrán renunciar a los meses trabajados en calidad de autónomo, que excedieren o hubieren sido simultáneos a dicho período, caducando a tal efecto la deuda exigible por esos lapsos.
ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

--------------------------------------------------


MARIO1943 escribió:
maricar12 escribió:
NO PRESCRIBAS RENUNCIAS TODOS LOS PERIODOS CON ART, 1 LEY 25321, ASI PODE APLICAR CESE FICTO, Y QUE VOS APLICASTES EL CESE AL AÑO 2004, EL CESE FICTO EL EL ULTIMO PERIODO PAGO Y DE ESTA FORMA VAS A TENER MAS AÑOS DE DD-JJ- EN LUGAR DE 2 AÑOS QUE PUSISTES