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 #441681  por HAS
 
TENGO UN PAR DE DUDAS RESPECTO DE ESTA MEDIO DE PRUEBA:

LA VOY A OFRECER, PERO NO EXISTEN FIRMAS DE MI CLIENTE EN NINGÚN DOCUMENTO INDUBITADO, TENGO QUE ACREXITAR QUE LA FIRMA QUE APARECE EN UN DOCUMENTO NO ES DE ÉL. CÓMO OFREZCO LA PRUEBA??? CÓMO ES EL PROCEDIMIENTO??? CÓMO PIDO LOS PUNTOS DE PERICIA CUANDO ME ORDENEN LA PRODUCCIÓN??? CUALQUIER OTRO DATO ÚTIL SE LOS AGRADECERÍA......ESCUCHO SUS OPINIONES....GRACIAS.....
 #441683  por mariferzara
 
Hola Has! tenés q pedir q se tome cuerpo de escritura. Eso se hace en el Juzgado, en una audiencia donde tu cliente va a escribir, firmar, etc. todo lo que le pida el calígrafo y eso lo comparará con la firma inserta en el documento.- No hay puntos de pericia como normalmente hacemos, sino que en base a ese estudio se determina si es o no firma de tu cliente.- Saludos
 #441894  por documentologia
 
hola, ante que todo y a modo de recomendacion te aconsejaria que te asesores con un perito para que te dicte los puntos periciales (ya que solo el perito de oficio responde a lo preguntado, y si se omite algo el perito no va a hacer mencion alguna a algo que no se pregunto), de paso lo podes contartar como consultor tecnico respepto a los requerimientos del perito una vez solicitada la prueba y sorteado el profesional este va a pedir la audiencia de cuerpo de escritura donde va a ir la persona requerida, pueden ir ustdes y el perito viendo el documento soliciara el material indubitado, hay veces qe la gente simula en los ccuerpos de escritura, en ese caso el perito debe solictar s elibren los oficios correspondientes (pfa,rnp,bcra,etc) a finde que informen si existen firmas de esa persona.
saludos
 #442237  por peritoenlinea
 
HAS, la recomendación hecha por Documentología es para que la tengas muy en cuenta, para esta y futuras causas.

Te sugiero que no te quedes con el simple pedido de audiencia para la formación de un Cuerpo de Escritura, ya que, como dice Documentología, la persona que lo realice puede intentar simular su grafía. Por ello sería recomendable que solicites el libramiento de oficio para que el perito pueda obtener tomas fotográficas de los elementos indubitados que puedan estar en el prontuario del imputado, o en documentos que este pudiera firmar en su trabajo, etcétera.


Te mando un saludo y éxitos.
 #443167  por HAS
 
Muchísimas Gracias por todo.....se trata de una excepción de falsedad de título, mi cliente es el ejecutado y la firma de los documentos no le pertenecen.....así que según me dicen Uds. es posible que con la audiencia para la formación de cuerpo de escritura quizás sea suficiente....además no tiene firmas en ningún registro...Muchas Gracias....
 #451164  por Dreus
 
Hola. soy nuevo en el sitio y no sé cómo iniciar un topico. Asi que hago la pregunta aquí:

Cuales son los elementos que debe verificar el perito calígrafo para dar su dictamen? algunos hablan de 25 elementos (angulosidad, presión etc..) y para otros basta con que valore un par de esos elementos.

¿Cuando la puedo impugnar? Cuando estoy seguro de que el perito de parte que yo propuse analizó TODO lo que debía analizar?

saludos.
 #451453  por documentologia
 
hola en primer termino la pericia caligrafica no posee elemnetos a estudiar posee un formato que es objeto, elemnetos ofrecidos, estudio fisico, diligencias practicadas, operacione srealizadas y conclusion.
a la que vos te referis es la pericia scopometrica o documentologica que se base en el sistema scopometrico que lo podes encontrar en internet, este tipo de pericias posee una estructura, donde se ven pautados todas las caracteristicas a estudiar.
perimero deberias saber que tipo de pericia se realizo, segundo en capital federal para impuganar un informe hay 5 dias desde el dia siguiente de la notificacion, igual todo esto lo deberia saber el perito de parte que propusiste.
estar seguro de que el perito que propusiste hizo todo nunca lo vas a saber, el colega deberia haberlo hecho no habria porque dudar creo yo.
cualquier otra duda consulta
 #451870  por Dreus
 
Hola gracias por tu tiempo Sebastian.

Entiendo lo que contestas , pero ¿existe un protocolo de actuación para un perito calígrafo? es decir , se puede impugnar porque en vez de , no se, digamos 15 categorías analizó 5 ?

o puede fundamentar con esas 5 y listo? Por ejemplo Me citan VAL LATIERRO y analiza 8 elementos estructurales, pero no me explica los ocho, y me da miedo que la impugnen por eso. gracias
 #451874  por documentologia
 
la impugacion o pedido de explicaciones es ante algo contravertido pedir la explicaciones necesarias, sin ver una pericia no se puede saber, igual si contrataste perito de parte quedate tranqui que tu perito va a trabajar en tu defensa.
en donde es la pericia?
 #451875  por documentologia
 
a me olvidaba igual la parte perjudicada por un informe va a impugnar siempre porque es un derecho y todo el mundo hace uso del mismo
 #452615  por peritoenlinea
 
Hola Dreus:

Entiendo que tu consulta tiende a saber si en el análisis comparativo y documentológico entre textos o firmas dubitadas e indubitadas se deben respetar un número de elementos coincidentes que permitan decir categóricamente si lo cuestionado pertenece o no a un cierto individuo.

Lo cierto es que las firmas y textos manuscritos estudiados en un caso determinado presentan ciertas variables documentológicas que no necesariamente se repiten en otro caso. Es decir, lo importante al momento de realizar un dictamen pericial de ésta índole es que el experto detecte el gesto gráfico, que es un conjunto de elementos invisibles al ojo del profano pero que se repiten y están siempre presentes en la escritura de un individuo, las que al ser analizadas por el profesional posibilitarán establecer categoricamente si es o no de su autoría.

Una firma o un texto peritado puede presentar características personalísimas en la presión, ritmo de la velocidad, configuración de óvalos, dirección determinada al igual que la inclinación. Otro texto o conjunto de signaturas cotejadas, puede contener características de enlaces anormales e intensos, peculiaridades en la proporcionalidad, ataques arponados y finales acerados.

Lo que mencioné en el párrafo anterior es muy técnico y propio de la ciencia documentológica, pero es un ejemplo de dos casos diferentes donde el gesto gráfico se presenta constituido por elementos diferentes.

Siempre es importante en la determinación de la paternidad gráfica, que los elementos semejantes superen en cantidad a los disímiles. y viceversa. Eso no significa que se implemente una regla matemática donde digamos que tienen que ser 15 los elementos cotejados, de los cuales 9 tienen que ser similares o desemejantes para concluir si hay pertenencia o no.

Lo que determina o no la autoría de una firma o texto es la calidad de los elementos del grafismo cotejados y que son parte del geto gráfico, como así también la relación entre características semejantes y desemejantes.

Espero haber contestado tu pregunta. Un saludo.
 #452646  por kitty1234
 
Hola tengo que acreditar en una sucesión un pago total por recibo firmado por uno de los herederos de su parte hereditaria , resulta que yo patrocino a uno de los herederos que hace 10 años le pago a otro su porcion hereditaria ahora este se presenta en la sucesion reclamando adjudicacion , yo quiero presentar el recibo para acreditar que fue desinteresado de su porcion hereditaria.Como el recibo esta firmado sin firma certificada como hago? ofrezco prueba pericial caligrafica , tendria que hablar primero con un perito para que viendo la firma del recibo y la firma actual en el escrito donde se presenta en la sucesion el heredero que firmo el recibo, es prueba suficiente para acreditar que la firma es autentica? Escucho opiniones MUCHAS GRACIAS.
 #452656  por documentologia
 
hola, deberias contactarte con un perito de confianza,para que te asesore respecto a autenticidad de esa firma (puede hacer una pericia privada previa q luego podes presentar, puede asesorate que puntos de pericia pedir, que doc indubtada aportar,etc) o simplemente podes prsentarlo como consultor tecnico para que haga la pericia con el respectivo perito de oficioque se sorteara en su momento.
 #452775  por kitty1234
 
Muy clara tu respuesta el escrito donde se presenta por derecho propio firmando es suficiente documento para confrontar o seria necesario ofrecer más documentación es una persona mayor se que no tiene cuenta en bancos , ni mayor movimiento comercial por eso no se me ocurre a donde enviar oficios para obtener mayor documentacion. La verdad me sirve un monton la respuestas no le encontraba la vuelta a este tema.MUCHAS GRACIAS.
 #452785  por abogado_1987
 
kitty1234 escribió:Muy clara tu respuesta el escrito donde se presenta por derecho propio firmando es suficiente documento para confrontar o seria necesario ofrecer más documentación es una persona mayor se que no tiene cuenta en bancos , ni mayor movimiento comercial por eso no se me ocurre a donde enviar oficios para obtener mayor documentacion. La verdad me sirve un monton la respuestas no le encontraba la vuelta a este tema.MUCHAS GRACIAS.
Kitty, en relación " ... a donde enviar oficios para obtener mayor documentacion ..."

"... y el perito viendo el documento solicitara el material indubitado, hay veces que la gente simula en los cuerpos de escritura, en ese caso el perito debe solicitar se libren los oficios correspondientes (pfa, rnp, bcra,etc) a fin de que informen si existen firmas de esa persona ..."

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