Hola, mi consulta es la siguiente. La inquilina de mi cliente debe meses de alquiler, intimé por carta doc, se presentó e hicimos convenio de pago de 6 cuotas documentadas en pagarés, además de obligación de desalojar el inmueble en el mes de octubre. Nunca pagó NI un pagaré (lleva 2 vencimientos), ni tampoco ha dejado el inmueble, por lo que debo iniciar desalojo + cobro de alquileres... Ahora bien, en el convenio se dejó exprea constancia de que en caso de incumplimiento en el pago de una de las cuotas automáticamente renacía la deuda por el TOTAL, a fin de poder reclamar la deuda por vía judicial sin necesidad de esperar los proximos vencimientos de los pagarés faltantes (el último vence en febrero 2010). Qué me conviene más? ir ejecutando los pagarés vencidos o un prepara vía ejecutiva para reclamar el total adeudado + lo que siga acumulando de deuda por no irse del inmueble en la fecha pactada? es mi 1º demanda! si me pueden ayudar se los REEEEEEEEEEE agradeceré!! tambien tengo que hacer la demanda de desalojo, que en ppio van por separado no?.
Ah! por último, la carta documento la firme yo como apoderada de mi cliente, la cuestión es que en ese momento aún no tenía el poder, puesto que es amiga de mi madre y ya saben, que ya me lo iba a traer, etc, pero ahora al pedírselo para iniciar las demandas y adjuntar el poder, etc, etc, me dice que es muy caro, que si no podemos hacer la demanda en su nombre con patrocinio, etc, a lo que me surge la pregunta de si es factible? osea, que en la carta que presentaré de prueba figure como apoderada y luego no... puede acarrearme algun inconveniente?? o le exijo el poder?
uf! perdonen tantas dudas... capaz sean dudas tontas, pero estoy con mil inseduridades y no quiero meter la pata....
gracias mil!!!
Ah! por último, la carta documento la firme yo como apoderada de mi cliente, la cuestión es que en ese momento aún no tenía el poder, puesto que es amiga de mi madre y ya saben, que ya me lo iba a traer, etc, pero ahora al pedírselo para iniciar las demandas y adjuntar el poder, etc, etc, me dice que es muy caro, que si no podemos hacer la demanda en su nombre con patrocinio, etc, a lo que me surge la pregunta de si es factible? osea, que en la carta que presentaré de prueba figure como apoderada y luego no... puede acarrearme algun inconveniente?? o le exijo el poder?
uf! perdonen tantas dudas... capaz sean dudas tontas, pero estoy con mil inseduridades y no quiero meter la pata....
gracias mil!!!
