Soy nueva en el foro y no se muy bien como funciona, asi que espero que este mensaje sea visto por alguien, hay van dos inquietudes que tengo:
Tengo una ejecucion de alquileres que tiene sentencia firme, ahora por fin logre trabar embargo sobre un inmueble, y como nunca llegue en otros caso a tener que subastar el inmueble la duda es la siguiente, acreditado el embargo, que pasos tengo que seguir para llegar a la subasta. Pido directamente los oficios del 576 del CP y la intimacion para acompañar el titulo, o tengo que practicar liquidacion y citar de venta, para despues subastar?
La otra ejecucion de alquileres tiene la siguiente dificultad, este caso no lo empece yo, el colega anterior despues de la sentencia y teniendo un embargo trabado, amplio demanda, nunca pago la tasa de justicia por esa ampliacion por lo tanto no se ordeno correr traslado de la ampliacion, ahi quedo el expediente parado durante varios años, prescribe esta ampliacion?, o liquido los intereses para pagar la tasa de justicia y solicito se corra traslado?.
Espero respuestas y desde ya muchas gracias
Tengo una ejecucion de alquileres que tiene sentencia firme, ahora por fin logre trabar embargo sobre un inmueble, y como nunca llegue en otros caso a tener que subastar el inmueble la duda es la siguiente, acreditado el embargo, que pasos tengo que seguir para llegar a la subasta. Pido directamente los oficios del 576 del CP y la intimacion para acompañar el titulo, o tengo que practicar liquidacion y citar de venta, para despues subastar?
La otra ejecucion de alquileres tiene la siguiente dificultad, este caso no lo empece yo, el colega anterior despues de la sentencia y teniendo un embargo trabado, amplio demanda, nunca pago la tasa de justicia por esa ampliacion por lo tanto no se ordeno correr traslado de la ampliacion, ahi quedo el expediente parado durante varios años, prescribe esta ampliacion?, o liquido los intereses para pagar la tasa de justicia y solicito se corra traslado?.
Espero respuestas y desde ya muchas gracias
