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  • CARTA PODER PARA EL SECLO.-

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #402653  por javierhc
 
Alguien sabe que tipo de poder puedo presentar, es mas rapido y barato para el empleado:
· Poder: si se presenta el apoderado del trabajador. (tiene que estar certificado por escribano o autoridad el Min. Trabajo).
. Se acepta Minuta acta poder, expedida por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo; (no es rapida y no se si hay que pagar un arancel)
. Poder otorgado ante escribano público; (hay que pagar)
. y Carta poder certificada ante autoridad policial. (esta se hace actualmente o ya no se hace mas).

En cualquiera de los casos como seria mas o menos el texto del escrito. Gracias.-
 #402714  por javierhc
 
Gracias ale, pero esta carta te sirve ya que no firma el letrado a favor el cual se da el poder no lo solicita en ninguna parte el formulario solo constan los datos. Ahh y se hace ante autoridad policial?. Puede el empleado dar poder en favor de un amigo o familiar para que lo presenten ellos? Gracias.-
 #402726  por javierhc
 
Tengo 4 clientes de la misma fabrica que estaban en negro y lo que habia pensado es hacerle una carta-poder a uno de ellos, ya que los otros tienen otro trabajo y firmado ante autoridad policial por cada uno de los poderdantes, eso se puede hacer?. Gracias.-
 #403366  por alejandra01
 
En provincia, la carta poder laboral tampoco la firman los letrados...basta que la firme quien te da el poder...y si vos la usás, lo estás aceptando...
pero además dice que se tiene que certificar en el seclo creo...fijate bien...sino fijate que hay un mail para contactos con el seclo. Yo envié uno consultando el tema de la suspensión de la prescripción y me lo contestaron bastante rápido...o tenés la vía telefónica...
Respecto a que si el empleado puede dar poder a favor de amigo o familiar, creería que no. Pero sí te puede dar ese poder vía escribano público a vos como abogado para litigar, para que actúes solo y puedas presentarte a las audiencias....Igual esperá más opiniones...yo sé que cuando sos apoderado, el apoderado arregla todo, paga y firma. Yo tuve arreglos en ministerio de trabajo en provincia y nunca conocí a los demandados. Uno de los abogados incluso, era de capital, nunca tuve más contacto que por teléfono, mando un cadete que me pagó, le firmé el escrito en el correo, mandé el telegrama de renuncia de todo lo reclamado y se terminó...Fijate bien.
javierhc escribió:Gracias ale, pero esta carta te sirve ya que no firma el letrado a favor el cual se da el poder no lo solicita en ninguna parte el formulario solo constan los datos. Ahh y se hace ante autoridad policial?. Puede el empleado dar poder en favor de un amigo o familiar para que lo presenten ellos? Gracias.-
 #405484  por javierhc
 
Ok, gracias alejandra!!!
 #440268  por ignaci0
 
gaston ramiro gonzalez escribió:Hola. Refloto el post para preguntar : en Capital las comisarías certifican la firma de la carta poder ? Y si no, dónde se hace : En la Cámara de Apelaciones o en el Seclo mismo ? Gracias.
En capital es la "minuta acta poder", bajas el archivo, lo completas. Mandas el trabajador a la camara del trabajo, creo que de 7,30 a 12,30 con DNI, en el momento lo firma y se lo sellan. Por supuesto que es gratis.

Saludos
 #440274  por gaston ramiro gonzalez
 
Gracias por tu respuesta. Pero no me queda claro : en la página del SECLO dice que " se acepta Minuta Acta Poder, expedida por la Cámara, y Carta Poder certificada por autoridad policial ". La " carta poder " que está entre los formularios de la página, cuál es ? y en todo caso, vuelvo a preguntar : la Policía puede certificar la firma en los dos tipos de instrumento ? Gracias de nuevo.
 #440596  por ignaci0
 
gaston ramiro gonzalez escribió:Gracias por tu respuesta. Pero no me queda claro : en la página del SECLO dice que " se acepta Minuta Acta Poder, expedida por la Cámara, y Carta Poder certificada por autoridad policial ". La " carta poder " que está entre los formularios de la página, cuál es ? y en todo caso, vuelvo a preguntar : la Policía puede certificar la firma en los dos tipos de instrumento ? Gracias de nuevo.
MINUTA - ACTA PODER
APELLIDO/S Y NOMBRES DEL ACTOR : . ...................................................................................................................................
.......................................................................................................................................................................................................
NACIONALIDAD : .................................................................. ESTADO CIVIL : ...........................................................................
PROFESIÓN : ...................................................................................... FECHA DE NACIMIENTO : ............................................
DOMICILIO : CALLE .............................................................................................................................. NRO. : .........................
PISO : ........... DPTO. : ........................... C. POSTAL: ................. LOCALIDAD : ........................................................................
DEPTO./PARTIDO : ....................................................................... PROVINCIA : .........................................................................
DOCUMENTO TIPO : ................ Nº ............................................. EXP. POR : ........................................................................
APELLIDO Y NOMBRE/S ABOGADOS TOMO FOLIO MATRÍCULA
............. ............................................................................. ............ ............. . ................................
.............................................. ............................................ ............ ............. . ................................
.............................................. ............................................ ............ ............. . ................................
............................................ .............................................. ............ ............. . ................................
............................................ .............................................. ............ ............. . ................................
............................................. ............................................. ............ ............. . ................................

OBJETO DEL JUICIO : COBRO DE PESOS. ...................................................................................................................
ALCANCE DEL MANDATO : LABORAL : 1 PREVISIONAL : 0

DEMANDADO/S
APELLIDO/S Y NOMBRE/S O DENOMINACIÓN SOCIAL : .........................................................................................................
...................................................................................................................................................................................................
DOMICILIO : CALLE ........................................................................................................................... NRO. : .........................
PISO : ............ DPTO. : .. .......... C. POSTAL: ................. LOCALIDAD : .............................................................................
DEPTO./PARTIDO : ..................................................................... PROVINCIA : .....................................................................

APELLIDO/S Y NOMBRE/S O DENOMINACIÓN SOCIAL : ........................................................................................................
...................................................................................................................................................................................................
DOMICILIO : CALLE ................................................................................................................. NRO. :....................................
PISO : .............. DPTO. : ............. C. POSTAL ................ LOCALIDAD : ..............................................................................
DEPTO./PARTIDO : ................................................................. PROVINCIA : ...........................................................................

APELLIDO/S Y NOMBRE/S O DENOMINACIÓN SOCIAL : ........................................................................................................
...................................................................................................................................................................................................
DOMICILIO : CALLE ................................................................................................................... NRO. : ...................................
PISO : ............... DPTO. : ............. C. POSTAL ................ LOCALIDAD : .................................................................................
DEPTO./PARTIDO : ................................................................... PROVINCIA : ........................................................................

Ésta es la de camara, y es la mejor ya que te sirve para el inicio y representación en seclo, como para iniciar el tramite judicial sino tenes acuerdo.
La del SECLO creo que esta en la página del ministerio sección seclo, pero como no te sirve judicialmente creo que se usa poco.
Desconozco lo de la policia, pero quizas te cobren algun arancel. Lo mas usual es como te digo yo.

Saludos
 #459388  por javierhc
 
Barbaro ignacio, ese es un formulario, lo conseguis en la pagina del colegio y donde y quien lo presenta?. Gracias y saludos.-
 #463095  por vero_ss
 
Hola, les cuento que fui la semana pasada a una conciliacion con el poder firmado en la cámara -sin mi cliente- y la conciliadora lo primero que me dijo es que no me servía, y que tenia que ir si o si mi cliente.. la verdad que nunca había hecho firmar pero por una cuestión de horarios de mi cliente q no podía asistir lo firmo.. mi pregunta es: para que sirve entonces el poder? en el acta de cierre se dejó anotado que me comprometía a ir con mi cliente a la nueva fecha señalada... En Seclo sólo había hecho presentaciones espontáneas; de todas maneras la conciliación se inició, y en estos momentos estamos en plena negociación.
 #463137  por gaston ramiro gonzalez
 
Eeeehhh!?? Yo tb entonces pregunto para qué sirve. Y qué explicación te dió la conciliadora?. Yo mañana voy a una con un poder firmado ante autoridad policial. Me pasará lo mismo ? Y aprovecho para preguntar ( tal vez yo no lo vea claro en la página del Seclo ) : Aún con un poder que sea válido, es necesario presentar D.N.I de la parte ? Gracias.
 #463150  por gaston ramiro gonzalez
 
Agrego otras inquietudes :
1) La audiencia la notifica de oficio el Seclo ?
2 ) La parte del formulario de inicio se puede modificar antes de la audiencia ? Caso contrario. qué pasa si el monto consignado en él no coincide con la liquidación final que se presente ?
 #463200  por ISABEL5
 
Así es. Yo era apoderada de la trabajadora, con el poder certificado en cámaraq, que sirve para iniciar juicios, y como mi cliente no podía ir el día de la audiencia, tuve que decir que estaba enferma y comprometerme a traerla ala nueva audiencia. Creo que en el seclo, el poder solo sirve para sacar el turno sin el cliente. Nada mas